SAT y Profedet atienden las quejas sobre utilidades

Mauricio Hernández Ch.

  · miércoles 30 de mayo de 2018

Las autoridades laborales y hacendarias están facultadas para intervenir en caso de que haya incumplimiento en el reparto de utilidades. (Archivo) / El Sudcaliforniano

La Paz, Baja Californian Sur.- Al concluir hoy el plazopara que las empresas hayan realizado el reparto de utilidades, sedebe recordar que quienes no recibieron el pago de dicho concepto ytampoco fueron informados de la situación que derivó en estacondición, pueden acudir a las autoridades laborales parapresentar una queja, pero también hay la opción de acudir a laSecretaría de Hacienda para solicitar una revisión.

En este sentido se debe señalar que si el trabajador conoce elmonto exacto de utilidades que le corresponde, puede acudir a laJunta de Conciliación y Arbitraje, ya sea estatal o federal, parapresentar la inconformidad, y, en caso contrario, deberá acudir ala instancia federal.

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Paralelamente, los trabajadores tienen la posibilidad deacudir a las autoridades fiscales, como es el caso del Servicio deAdministración Tributaria (SAT), a fin de solicitar que se revisela declaración anual presentada por la empresa.

Cabe referir finalmente, que para este caso, en el que se pide alas autoridades fiscales que ejerzan sus facultades de revisión,es necesario que el sindicato o la mayoría de los trabajadoreselaboren una lista de objeciones a la declaración anual de laempresa.