/ sábado 15 de abril de 2023

Estas son las obligaciones y derechos de los ciclistas

Según el reglamento de La Paz la autoridad te puede amonestar verbalmente pero no pueden quitarte tu bicicleta

La Paz, Baja California Sur, (OEM – Informex).- Al crearse una controversia en La Paz por el uso de casco en ciclistas, mismo que, según dicta el reglamento de tránsito municipal se puede usar de manera preferencial y no por obligación, es importante que quienes transitan en este tipo de vehículos no motorizados conozcan cuáles son sus derechos y obligaciones al momento de transitar por las calles de ciudad para que conduzcan de manera segura.

El Artículo 27 del Reglamento de Tránsito para la Movilidad Segura para el municipio de La Paz expedido el 11 de marzo del 2022, expone que las personas conductoras de vehículos no motorizados tienen prohibido sujetarse a otros vehículos que transiten por la vía pública; llevar carga que constituya un peligro para la persona conductora, así como para llevar otras personas.

Lee: Uso de casco para ciclistas es preferencial, no una obligación

NO PUEDEN CIRCULAR POR BANQUETAS

También está prohibido circular sobre banquetas y zonas peatonales debido a que estas son exclusivas para las personas que caminan por estos espacios, así como para las personas que tienen algún tipo de discapacidad.

Conductores no pueden estacionar el vehículo no motorizado donde se obstruye el libre paso a personas peatonas; huir o retirarse del lugar donde la policía municipal esté dando indicaciones o sobre un hecho de tránsito donde haya estado involucrado, así como modificar o alterar la escena del lugar de los hechos.

PROHIBIDO CIRCULAR ZIGZAGUEANTE ENTRE VEHÍCULOS

Se prohíbe circular con mascotas, excepto si las transportan en canastillas debidamente aseguradas; circular entre vehículos de motor que se encuentren en movimiento: circular con la bicicleta apoyada solo en una rueda; circular zigzagueante entre vehículos y peatones; conducir bajo los efectos del alcohol, enervantes, estupefacientes, psicoactivos y cualquier otro que produzca efectos similares.

El reglamento dicta que en el caso de que la policía municipal detecte a personas usuarias de vehículos no motorizados que no cumplan con las disposiciones que establece el reglamento, deberán informar verbalmente los derechos y obligaciones establecidos en los artículos que anteceden todo ello para prevenir y cuidar la integridad ante los riesgos que existen en la vía pública, se emite el reporte al área correspondiente para que tomen las medidas necesarias.

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El colectivo Bcsicletos ha empezado a socializar el reglamento de tránsito para que las personas conozcan las obligaciones de ciclistas, señalan que debes recordar que, si cometes una de las faltas al reglamento, la autoridad únicamente te puede amonestar verbalmente, es decir, no pueden quitarte tu bicicleta, debes recordar atender y acatar las indicaciones de las autoridades en todo momento.

La Paz, Baja California Sur, (OEM – Informex).- Al crearse una controversia en La Paz por el uso de casco en ciclistas, mismo que, según dicta el reglamento de tránsito municipal se puede usar de manera preferencial y no por obligación, es importante que quienes transitan en este tipo de vehículos no motorizados conozcan cuáles son sus derechos y obligaciones al momento de transitar por las calles de ciudad para que conduzcan de manera segura.

El Artículo 27 del Reglamento de Tránsito para la Movilidad Segura para el municipio de La Paz expedido el 11 de marzo del 2022, expone que las personas conductoras de vehículos no motorizados tienen prohibido sujetarse a otros vehículos que transiten por la vía pública; llevar carga que constituya un peligro para la persona conductora, así como para llevar otras personas.

Lee: Uso de casco para ciclistas es preferencial, no una obligación

NO PUEDEN CIRCULAR POR BANQUETAS

También está prohibido circular sobre banquetas y zonas peatonales debido a que estas son exclusivas para las personas que caminan por estos espacios, así como para las personas que tienen algún tipo de discapacidad.

Conductores no pueden estacionar el vehículo no motorizado donde se obstruye el libre paso a personas peatonas; huir o retirarse del lugar donde la policía municipal esté dando indicaciones o sobre un hecho de tránsito donde haya estado involucrado, así como modificar o alterar la escena del lugar de los hechos.

PROHIBIDO CIRCULAR ZIGZAGUEANTE ENTRE VEHÍCULOS

Se prohíbe circular con mascotas, excepto si las transportan en canastillas debidamente aseguradas; circular entre vehículos de motor que se encuentren en movimiento: circular con la bicicleta apoyada solo en una rueda; circular zigzagueante entre vehículos y peatones; conducir bajo los efectos del alcohol, enervantes, estupefacientes, psicoactivos y cualquier otro que produzca efectos similares.

El reglamento dicta que en el caso de que la policía municipal detecte a personas usuarias de vehículos no motorizados que no cumplan con las disposiciones que establece el reglamento, deberán informar verbalmente los derechos y obligaciones establecidos en los artículos que anteceden todo ello para prevenir y cuidar la integridad ante los riesgos que existen en la vía pública, se emite el reporte al área correspondiente para que tomen las medidas necesarias.

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El colectivo Bcsicletos ha empezado a socializar el reglamento de tránsito para que las personas conozcan las obligaciones de ciclistas, señalan que debes recordar que, si cometes una de las faltas al reglamento, la autoridad únicamente te puede amonestar verbalmente, es decir, no pueden quitarte tu bicicleta, debes recordar atender y acatar las indicaciones de las autoridades en todo momento.

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