/ viernes 22 de septiembre de 2023

Registradas 33 denuncias por violencia política contra mujeres en BCS

Cualquier persona puede ser sancionada por ejercer violencia política en razón de género

La Paz, Baja California Sur (OEM-Informex).- El titular de quejas y denuncias y procedimientos del Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur, Pedro Medrano Manzanarez dio a conocer que en el Instituto Estatal Electoral se han recibido a la fecha 33 denuncias por violencia política en razón de género.

Explicó que de esas 33 denuncias 6 personas han sido sancionadas con multa económica, como reparación del daño de 90 Unidades de Medida Actualizada (UMAS) que entre el año 2020 y 2021 equivalía a 8,065 pesos además de aparecer en el registro Nacional del INE y local del IEE la persona violentada por lo que explicó que cualquier persona puede ser sancionada por ejercer violencia política en razón de género.

Lee: Demandan estrategias contra la violencia de género

Explicó que el jueves 28 de mayo de 2020 el Pleno de la XV Legislatura del Congreso del Estado de Baja California Sur aprobó reformas a diversas leyes y ordenamientos en los que quedó tipificado y homologada la violencia política en razón de género en la Constitución estatal, la Ley de acceso a las mujeres a una vida libre de violencia, Ley Electoral y Código Penal de Baja California Sur.

La reforma modificó la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios, la Ley Electoral, la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y el Código Penal para el Estado, se armonizaron con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de abril de ese mismo año.

Por lo cual el concepto de violencia política contra las mujeres en razón de género quedó homologado al decreto como “toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujere”.

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“El acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, toma de decisiones, libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo, las reformas se tipifica también como violencia política en razón de género, divulgar imágenes, o información privada de una mujer”.

“Una candidata o en funciones, por cualquier medio físico o virtual, con el propósito de desacreditarla, difamarla, denigrarla y poner en entredicho su capacidad o habilidades para la política; ejercer violencia física, sexual, simbólica, psicológica, económica o patrimonial contra una mujer en ejercicio de sus derechos políticos; limitar o negar arbitrariamente el uso de cualquier recurso o atribución inherente al cargo que ocupe la mujer”

Incluido el pago de salarios y prestaciones, obligarla mediante presión o intimidación, a suscribir documentos o avalar decisiones contrarias a su voluntad o a la ley. Puntualizó

La Paz, Baja California Sur (OEM-Informex).- El titular de quejas y denuncias y procedimientos del Instituto Estatal Electoral de Baja California Sur, Pedro Medrano Manzanarez dio a conocer que en el Instituto Estatal Electoral se han recibido a la fecha 33 denuncias por violencia política en razón de género.

Explicó que de esas 33 denuncias 6 personas han sido sancionadas con multa económica, como reparación del daño de 90 Unidades de Medida Actualizada (UMAS) que entre el año 2020 y 2021 equivalía a 8,065 pesos además de aparecer en el registro Nacional del INE y local del IEE la persona violentada por lo que explicó que cualquier persona puede ser sancionada por ejercer violencia política en razón de género.

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Explicó que el jueves 28 de mayo de 2020 el Pleno de la XV Legislatura del Congreso del Estado de Baja California Sur aprobó reformas a diversas leyes y ordenamientos en los que quedó tipificado y homologada la violencia política en razón de género en la Constitución estatal, la Ley de acceso a las mujeres a una vida libre de violencia, Ley Electoral y Código Penal de Baja California Sur.

La reforma modificó la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios, la Ley Electoral, la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y el Código Penal para el Estado, se armonizaron con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de abril de ese mismo año.

Por lo cual el concepto de violencia política contra las mujeres en razón de género quedó homologado al decreto como “toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujere”.

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“El acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, toma de decisiones, libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo, las reformas se tipifica también como violencia política en razón de género, divulgar imágenes, o información privada de una mujer”.

“Una candidata o en funciones, por cualquier medio físico o virtual, con el propósito de desacreditarla, difamarla, denigrarla y poner en entredicho su capacidad o habilidades para la política; ejercer violencia física, sexual, simbólica, psicológica, económica o patrimonial contra una mujer en ejercicio de sus derechos políticos; limitar o negar arbitrariamente el uso de cualquier recurso o atribución inherente al cargo que ocupe la mujer”

Incluido el pago de salarios y prestaciones, obligarla mediante presión o intimidación, a suscribir documentos o avalar decisiones contrarias a su voluntad o a la ley. Puntualizó

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