/ miércoles 22 de mayo de 2024

¿Qué es la Ley de Bienes del Estado que propone el Ejecutivo?

La propuesta implementa un registro de información inmobiliario estatal que será ejecutado por la SEPUIMM

La Paz, Baja California Sur.- Para regular la Administración Inmobiliaria Estatal, el jefe del Ejecutivo envió al Congreso del Estado iniciativa que crea la Ley de Bienes del Estado de Baja California Sur, que faculta a la Secretaría de Finanzas y Administración, establecer los mecanismos de coordinación de acciones, a fin de lograr un óptimo y eficaz aprovechamiento mejor control y administración de los bienes que integren el patrimonio inmobiliario estatal.

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La ley tiene como objeto establecer la naturaleza, clasificación y régimen de dominio de los bienes que conforman el patrimonio de Baja California Sur, así como normas que regulan actos de administración adquisición, conservación, uso, arrendamiento, aprovechamiento, destino, enajenación, registro, explotación, control, inspección y vigilancia de los bienes del Estado con excepción de aquellos regulados por las leyes especiales

La iniciativa fue leída en la sesión este martes 20 de mayo, implementa un registro de información inmobiliario estatal que será ejecutado por la Secretaría de Planeación Urbana Infraestructura, Movilidad Medio Ambiente y Recursos Naturales, para allegarse de todo tipo de documentación y datos que informen detalladamente el registro de la información física, jurídica y administrativa de los inmuebles del patrimonio estatal.

Lo jurídico y administrativamente importante, no solo reside en la naturaleza legal del bien ni de la operación, sino que además la dependencia responsable de dichas operaciones, tenga los medios adecuados para controlarlos a través de las competencias y facultades que se otorgan por medio de esta iniciativa de ley.

Así mismo, contempla un capítulo de arrendamiento de los bienes inmuebles del Estado, en el cual establece los requerimientos mínimos que deben revestir los contratos de arrendamiento al igual que lo relativo a su formalización, requisitos, plazos entre otros de conformidad con lo previsto en el Código Civil para el Estado de Baja California Sur.

Por otro lado, con el arrendamiento de los muebles inmuebles, el Estado busca ser una herramienta eficiente para generar ingresos, reducir costos y promover el desarrollo económico, por eso es fundamental fomentar su uso adecuado y garantizar una correcta gestión del patrimonio inmobiliario estatal, argumenta la iniciativa.

En ese sentido, se establece el procedimiento tendiente a la recuperación de inmuebles por la vía administrativa que esté en posesión de personas físicas o morales; contempla el clasificado de bienes de dominio público y privado ya previsto en la Constitución.

También plasma el título octavo denominado “De las sanciones de medios de defensa”, que tiene como finalidad prever y garantizar mediante la vigilancia y la imposición de sanciones el cumplimiento de esta ley.

Por la naturaleza de la misma, la ley propuesta, no genera ningún tipo de impacto presupuestal porque no implica la creación de nuevas áreas, dependencias ni plazas.

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“Es impostergable la creación de una ley que se concentre la regulación referida y se contemplen los mejores instrumentos jurídicos y técnicos en cuanto a eficiencia transparencia rendición de cuentas y el uso debido de los bienes para el cuidado del patrimonio de los sudcalifornianos”, argumenta el iniciador.

También regulará los inmuebles pertenecientes al dominio público y privado del Estado, que se encuentren fuera de su territorio, también estarán sujetos a las disposiciones establecidas en esta ley, aunque en casos necesarios se tomará en consideración lo establecido en las disposiciones administrativas y gubernamentales de la entidad federativa donde se ubiquen los inmuebles que forman parte del patrimonio del estado de Baja California Sur.

La Paz, Baja California Sur.- Para regular la Administración Inmobiliaria Estatal, el jefe del Ejecutivo envió al Congreso del Estado iniciativa que crea la Ley de Bienes del Estado de Baja California Sur, que faculta a la Secretaría de Finanzas y Administración, establecer los mecanismos de coordinación de acciones, a fin de lograr un óptimo y eficaz aprovechamiento mejor control y administración de los bienes que integren el patrimonio inmobiliario estatal.

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La ley tiene como objeto establecer la naturaleza, clasificación y régimen de dominio de los bienes que conforman el patrimonio de Baja California Sur, así como normas que regulan actos de administración adquisición, conservación, uso, arrendamiento, aprovechamiento, destino, enajenación, registro, explotación, control, inspección y vigilancia de los bienes del Estado con excepción de aquellos regulados por las leyes especiales

La iniciativa fue leída en la sesión este martes 20 de mayo, implementa un registro de información inmobiliario estatal que será ejecutado por la Secretaría de Planeación Urbana Infraestructura, Movilidad Medio Ambiente y Recursos Naturales, para allegarse de todo tipo de documentación y datos que informen detalladamente el registro de la información física, jurídica y administrativa de los inmuebles del patrimonio estatal.

Lo jurídico y administrativamente importante, no solo reside en la naturaleza legal del bien ni de la operación, sino que además la dependencia responsable de dichas operaciones, tenga los medios adecuados para controlarlos a través de las competencias y facultades que se otorgan por medio de esta iniciativa de ley.

Así mismo, contempla un capítulo de arrendamiento de los bienes inmuebles del Estado, en el cual establece los requerimientos mínimos que deben revestir los contratos de arrendamiento al igual que lo relativo a su formalización, requisitos, plazos entre otros de conformidad con lo previsto en el Código Civil para el Estado de Baja California Sur.

Por otro lado, con el arrendamiento de los muebles inmuebles, el Estado busca ser una herramienta eficiente para generar ingresos, reducir costos y promover el desarrollo económico, por eso es fundamental fomentar su uso adecuado y garantizar una correcta gestión del patrimonio inmobiliario estatal, argumenta la iniciativa.

En ese sentido, se establece el procedimiento tendiente a la recuperación de inmuebles por la vía administrativa que esté en posesión de personas físicas o morales; contempla el clasificado de bienes de dominio público y privado ya previsto en la Constitución.

También plasma el título octavo denominado “De las sanciones de medios de defensa”, que tiene como finalidad prever y garantizar mediante la vigilancia y la imposición de sanciones el cumplimiento de esta ley.

Por la naturaleza de la misma, la ley propuesta, no genera ningún tipo de impacto presupuestal porque no implica la creación de nuevas áreas, dependencias ni plazas.

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“Es impostergable la creación de una ley que se concentre la regulación referida y se contemplen los mejores instrumentos jurídicos y técnicos en cuanto a eficiencia transparencia rendición de cuentas y el uso debido de los bienes para el cuidado del patrimonio de los sudcalifornianos”, argumenta el iniciador.

También regulará los inmuebles pertenecientes al dominio público y privado del Estado, que se encuentren fuera de su territorio, también estarán sujetos a las disposiciones establecidas en esta ley, aunque en casos necesarios se tomará en consideración lo establecido en las disposiciones administrativas y gubernamentales de la entidad federativa donde se ubiquen los inmuebles que forman parte del patrimonio del estado de Baja California Sur.

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