/ jueves 10 de agosto de 2023

Libros de texto: cárcel para quienes no acaten disposición del juez

Unión Nacional de Padres de Familia interpuso un amparo para detener la distribución de los nuevos libros de texto

La Paz, Baja California Sur (OEM-Informex).- El abogado Arturo Rubio Ruiz aclara que la Ley de Amparo establece sanciones para la autoridad que no obedezca la suspensión de un juez federal como es el caso de los libros de texto de la SEP.

Tendrán penas de tres a nueve años de prisión, además de una multa de cincuenta a quinientos días de salarios; destitución e inhabilitación para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos de tres a nueve años, el servidor público que con el carácter de autoridad responsable en un juicio de amparo o en el incidente de suspensión desacaten la disposición de un juez federal explicó Rubio Ruiz.

Lee: Mantiene la SEP BCS reparto de libros

Resaltó que así lo establece el artículo 62 fracción III de la Ley de Amparo Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos derivado de que en los medios de comunicación existe mucha confusión en torno a si es o no o legal la distribución de los libros de texto luego de que la Unión Nacional de Padres de Familia, Asociación Civil interpuso un amparo para detener su distribución.

Al respecto, dio a conocer que el caso es público y se ha ventilado en los medios de comunicación de que la Asociación Civil, Unión Nacional de Padres de Familia el 24 de mayo de 2023 en la Ciudad de México acudió ante la jueza tercera de distrito en materia administrativa en la Ciudad de México Elizabeth Medina Alcántara lo cual consta en el expediente 784/2023 del juicio de amparo.

SUSPENSIÓN DEFINITIVA

Destacó que la jueza concede la suspensión definitiva para que las autoridades responsables, es decir la Secretaría de Educación Pública y Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuito, dentro de su esfera competencial, antes de continuar con la edición, impresión y entrega de los libros de texto gratuito para el ciclo escolar 2023-2024, verifiquen que se hayan observado los procedimientos legales respectivos.

Para la determinación de los programas y planes de estudio, y para la publicitación de los libros de texto gratuitos, que garanticen la intervención de los gobiernos estatales y de los especialistas en la materia educativa; así como de la puesta a disposición de aquellos libros en términos de lo previsto en la ley, lo cual no se acató y por el contrario el presidente de la República Andrés Manuel López Obrador instruyó que se distribuyeran.

Los estados que han acatado la suspensión de un juez son Guanajuato, Jalisco, Coahuila y Chihuahua hicieron pública su decisión de no llevar a cabo la distribución de los libros de la SEP. Estas entidades han optado por utilizar sus propias ediciones o proyectos complementarios con el fin de abordar deficiencias y asegurar un inicio eficaz del ciclo escolar.

Finalmente explicó el abogado que el cuerpo del amparo interpuesto por la Unión Nacional de Padres de Familia no tiene nada que ver con el contenido de los libros, es decir, ideología, hipersexalización o desaparición de las matemáticas sino más bien es por la violación a la Ley General de Educación en referencia a programas y planes de estudio por lo cual las autoridades que no acataron el orden de suspensión definitiva.

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La Secretaría de Educación Pública Federal (SEP), de la Subsecretaría de Educación Básica, de la Dirección General de Materiales Educativos, y de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos (CONALITEG) al no respetar el mandato de un juez están violando la Ley de Amparo y son acreedores a las sanciones que establece la propia ley al igual en los estados por que existen otros juicios de amparos en otros estados.

La Paz, Baja California Sur (OEM-Informex).- El abogado Arturo Rubio Ruiz aclara que la Ley de Amparo establece sanciones para la autoridad que no obedezca la suspensión de un juez federal como es el caso de los libros de texto de la SEP.

Tendrán penas de tres a nueve años de prisión, además de una multa de cincuenta a quinientos días de salarios; destitución e inhabilitación para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos de tres a nueve años, el servidor público que con el carácter de autoridad responsable en un juicio de amparo o en el incidente de suspensión desacaten la disposición de un juez federal explicó Rubio Ruiz.

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Resaltó que así lo establece el artículo 62 fracción III de la Ley de Amparo Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos derivado de que en los medios de comunicación existe mucha confusión en torno a si es o no o legal la distribución de los libros de texto luego de que la Unión Nacional de Padres de Familia, Asociación Civil interpuso un amparo para detener su distribución.

Al respecto, dio a conocer que el caso es público y se ha ventilado en los medios de comunicación de que la Asociación Civil, Unión Nacional de Padres de Familia el 24 de mayo de 2023 en la Ciudad de México acudió ante la jueza tercera de distrito en materia administrativa en la Ciudad de México Elizabeth Medina Alcántara lo cual consta en el expediente 784/2023 del juicio de amparo.

SUSPENSIÓN DEFINITIVA

Destacó que la jueza concede la suspensión definitiva para que las autoridades responsables, es decir la Secretaría de Educación Pública y Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuito, dentro de su esfera competencial, antes de continuar con la edición, impresión y entrega de los libros de texto gratuito para el ciclo escolar 2023-2024, verifiquen que se hayan observado los procedimientos legales respectivos.

Para la determinación de los programas y planes de estudio, y para la publicitación de los libros de texto gratuitos, que garanticen la intervención de los gobiernos estatales y de los especialistas en la materia educativa; así como de la puesta a disposición de aquellos libros en términos de lo previsto en la ley, lo cual no se acató y por el contrario el presidente de la República Andrés Manuel López Obrador instruyó que se distribuyeran.

Los estados que han acatado la suspensión de un juez son Guanajuato, Jalisco, Coahuila y Chihuahua hicieron pública su decisión de no llevar a cabo la distribución de los libros de la SEP. Estas entidades han optado por utilizar sus propias ediciones o proyectos complementarios con el fin de abordar deficiencias y asegurar un inicio eficaz del ciclo escolar.

Finalmente explicó el abogado que el cuerpo del amparo interpuesto por la Unión Nacional de Padres de Familia no tiene nada que ver con el contenido de los libros, es decir, ideología, hipersexalización o desaparición de las matemáticas sino más bien es por la violación a la Ley General de Educación en referencia a programas y planes de estudio por lo cual las autoridades que no acataron el orden de suspensión definitiva.

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La Secretaría de Educación Pública Federal (SEP), de la Subsecretaría de Educación Básica, de la Dirección General de Materiales Educativos, y de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos (CONALITEG) al no respetar el mandato de un juez están violando la Ley de Amparo y son acreedores a las sanciones que establece la propia ley al igual en los estados por que existen otros juicios de amparos en otros estados.

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