/ martes 26 de abril de 2022

Corte desecha controversia del IFT contra el Padrón de Telefonía Móvil

Ayer el Pleno de la Corte decidió por unanimidad echar abajo este proyecto de la actual administración

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó una controversia constitucional promovida por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), dado que su creación fue declarada como inconstitucional el día de ayer por el Máximo Tribunal del país.

“De esta manera queda definitivamente resuelto este asunto”, dijo Arturo Zaldívar, presidente de la Corte, al dar por concluidos el estudio de todos los asuntos referentes a la creación de este Padrón, que buscaba recopilar datos biométricos de todos los ciudadanos con la intención de reducir diversos delitos cometidos mediante llamadas telefónicas.

Te puede interesar: Invadir la privacidad de un dispositivo móvil es tan fácil como descargar una app

de la actual administración al considerar que su creación implicaría una injerencia arbitraria al derecho a la privacidad, la intimidad y la protección de datos personales.

Esta sentencia fue elaborada por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien planteó desde un inicio a sus compañeros que se debía invalidar el decreto entero por el que se adicionaron y reformaron diversas disposiciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión aprobadas en 2021, dado que implementación podría ser excesivamente invasiva en los derechos humanos de los ciudadanos.

Así, el día de hoy nueve de las once ministras y ministros votaron a favor del proyecto de la ponente Norma Lucía Piña Hernández, que estimó desde un principio sobreseer la controversia dado que con la declaración de inconstitucionalidad del decreto “han cesado sus efectos de las normas normativas en la presente controversia.

Para apoyar esta resolución, además, la ministra argumentó que ya existen medidas contempladas en el Código Nacional de Procedimiento Penales y en la Ley Federal de Telecomunicaciones para prevenir y combatir los delitos derivados del uso de una línea celular, por lo cual quedó en firme la decisión de su desechamiento.

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

Con esta última resolución, la SCJN concluyó el análisis de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) y diversos integrantes del Congreso de la Unión que buscaban desde del año pasado frenar la implementación del Panaut.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó una controversia constitucional promovida por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), dado que su creación fue declarada como inconstitucional el día de ayer por el Máximo Tribunal del país.

“De esta manera queda definitivamente resuelto este asunto”, dijo Arturo Zaldívar, presidente de la Corte, al dar por concluidos el estudio de todos los asuntos referentes a la creación de este Padrón, que buscaba recopilar datos biométricos de todos los ciudadanos con la intención de reducir diversos delitos cometidos mediante llamadas telefónicas.

Te puede interesar: Invadir la privacidad de un dispositivo móvil es tan fácil como descargar una app

de la actual administración al considerar que su creación implicaría una injerencia arbitraria al derecho a la privacidad, la intimidad y la protección de datos personales.

Esta sentencia fue elaborada por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien planteó desde un inicio a sus compañeros que se debía invalidar el decreto entero por el que se adicionaron y reformaron diversas disposiciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión aprobadas en 2021, dado que implementación podría ser excesivamente invasiva en los derechos humanos de los ciudadanos.

Así, el día de hoy nueve de las once ministras y ministros votaron a favor del proyecto de la ponente Norma Lucía Piña Hernández, que estimó desde un principio sobreseer la controversia dado que con la declaración de inconstitucionalidad del decreto “han cesado sus efectos de las normas normativas en la presente controversia.

Para apoyar esta resolución, además, la ministra argumentó que ya existen medidas contempladas en el Código Nacional de Procedimiento Penales y en la Ley Federal de Telecomunicaciones para prevenir y combatir los delitos derivados del uso de una línea celular, por lo cual quedó en firme la decisión de su desechamiento.

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

Con esta última resolución, la SCJN concluyó el análisis de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) y diversos integrantes del Congreso de la Unión que buscaban desde del año pasado frenar la implementación del Panaut.

Doble Vía

¿Sabías que hay paseos para ver bioluminiscencia en La Paz? Esto cuestan

Recomienda especialista evitar meterse al agua durante el fenómeno pues éste genera una cadena alimenticia

Policiaca

Tu sueño de ser bombero lo puedes cumplir en Los Cabos

Heroico Cuerpo de Bomberos de Cabo San Lucas anuncia abierta la convocatoria de nuevo ingreso

Local

Aprueban Ley de Educación para BCS con poca oposición

Algunos diputados señalaron opacidad en el proceso, faltó dar a conocer Ley de Educación

Municipios

Pagan seguridad privada propietarios de embarcaciones en marina de CSL

Esperan se regularice la situación de cambio de concesión de lo que antes era la IGY Marinas

Municipios

Nuevo aire para hotel de La Paz en el Centro

Consideran que al ser más familiar se sienten seguros e incluso tienen más ventas