/ jueves 9 de junio de 2022

Violencia Vicaria debe agregarse a la ley que protege a las mujeres: Luis Armando Díaz

Este tipo de conducta no es ajena a cualquier sexo; sin embargo, suele ser el hombre quien la aplica contra la mujer

La Paz, Baja California Sur, (OEM-Informex).- El diputado Luis Armando Díaz propuso este martes, en sesión ordinaria, añadir, dentro de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado una fracción VIII Quater al artículo 4, y un segundo párrafo al artículo 200 del Código Penal, a la “Violencia Vicaria”, como una forma de violencia en contra de la mujer, para que el Estado pueda instrumentar acciones que permitan prevenir, atender, sancionar, erradicar de forma eficaz, en beneficio de los derechos humanos de las mujeres.

Lo anterior, a través de una iniciativa con proyecto de decreto mediante la cual se adicionan disposiciones a numerales de la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia para el estado de Baja California Sur, y al código penal para el estado libre y soberano.

“Históricamente la desigualdad entre mujeres y hombres ha sido el escenario idóneo para manifestaciones de violencia en las que la dominación, el sometimiento, el control y la agresión representan un común denominador”, subrayó el legislador.

Este tipo de conducta no es ajena a cualquier sexo; sin embargo, suele ser el hombre a la mujer por construcciones socioculturales que se arrastran de generación en generación y que los colocan como seres inferiores carentes de derechos y de respeto. La subordinación y dominación de la mujer a los hombres siguen latentes y presentes.

Esta violencia es un tipo de violencia común y a la vez tan invisible por la sociedad que se ha normalizado ya que, aun que las parejas no estén separadas, los hombres lanzan amenazas que han permitido que el secuestro parental a manos de los padres sea visto como un castigo que las mujeres que se han divorciado merecen.

“Este es un golpe muy fuerte hacia las mujeres y el daño a los hijos e hijas se produce principalmente en el régimen de visitas o en el periodo de la custodia compartida”, enfatizó en tribuna el luchador social. Así mismo, propuso una adecuación gramatical de la fracción VI a la VIII Ter en cuanto a una debida redacción en su puntuación.

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“No podemos, ni debemos, darnos el lujo de invisibilizar la violencia vicaria que daña la integridad física y psicológica de las mujeres, viviendo por así decirlo, con dolor, culpas y remordimientos por el resto de sus días”, precisó en tribuna el representante popular del Partido del Trabajo.

Durante su intervención, aludió lo recientemente aprobado en abril del presente año por el Congreso Federal en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en cuanto a que en la citada regulación establece, entre otros objetos, la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, así como los principios y mecanismos para el pleno acceso a una vida libre de violencias, para garantizar el goce y ejercicio de sus derechos humanos y fortalecer el régimen democrático establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sin dejar de lado que sus disposiciones son de orden público, interés social y de observancia general en la República Mexicana, lo que hace necesario destacar como soporte de su propuesta lo previsto la fracción IV del artículo 5 en cuanto lo que se conceptualiza en esa regulación general por violencia contra las mujeres, como cualquier acción u omisión, basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público; tal como lo señala la fracción V del mismo precepto como modalidades de violencia, siendo aquellas formas, manifestaciones o los ámbitos de ocurrencia en que se presenta la violencia contra las mujeres.

La iniciativa con proyecto de decreto, fue turnada a la comisión permanente de para su análisis y dictaminación a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Justicia, así como la Comisión de Igualdad y Género.

La Paz, Baja California Sur, (OEM-Informex).- El diputado Luis Armando Díaz propuso este martes, en sesión ordinaria, añadir, dentro de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado una fracción VIII Quater al artículo 4, y un segundo párrafo al artículo 200 del Código Penal, a la “Violencia Vicaria”, como una forma de violencia en contra de la mujer, para que el Estado pueda instrumentar acciones que permitan prevenir, atender, sancionar, erradicar de forma eficaz, en beneficio de los derechos humanos de las mujeres.

Lo anterior, a través de una iniciativa con proyecto de decreto mediante la cual se adicionan disposiciones a numerales de la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia para el estado de Baja California Sur, y al código penal para el estado libre y soberano.

“Históricamente la desigualdad entre mujeres y hombres ha sido el escenario idóneo para manifestaciones de violencia en las que la dominación, el sometimiento, el control y la agresión representan un común denominador”, subrayó el legislador.

Este tipo de conducta no es ajena a cualquier sexo; sin embargo, suele ser el hombre a la mujer por construcciones socioculturales que se arrastran de generación en generación y que los colocan como seres inferiores carentes de derechos y de respeto. La subordinación y dominación de la mujer a los hombres siguen latentes y presentes.

Esta violencia es un tipo de violencia común y a la vez tan invisible por la sociedad que se ha normalizado ya que, aun que las parejas no estén separadas, los hombres lanzan amenazas que han permitido que el secuestro parental a manos de los padres sea visto como un castigo que las mujeres que se han divorciado merecen.

“Este es un golpe muy fuerte hacia las mujeres y el daño a los hijos e hijas se produce principalmente en el régimen de visitas o en el periodo de la custodia compartida”, enfatizó en tribuna el luchador social. Así mismo, propuso una adecuación gramatical de la fracción VI a la VIII Ter en cuanto a una debida redacción en su puntuación.

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“No podemos, ni debemos, darnos el lujo de invisibilizar la violencia vicaria que daña la integridad física y psicológica de las mujeres, viviendo por así decirlo, con dolor, culpas y remordimientos por el resto de sus días”, precisó en tribuna el representante popular del Partido del Trabajo.

Durante su intervención, aludió lo recientemente aprobado en abril del presente año por el Congreso Federal en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en cuanto a que en la citada regulación establece, entre otros objetos, la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, así como los principios y mecanismos para el pleno acceso a una vida libre de violencias, para garantizar el goce y ejercicio de sus derechos humanos y fortalecer el régimen democrático establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sin dejar de lado que sus disposiciones son de orden público, interés social y de observancia general en la República Mexicana, lo que hace necesario destacar como soporte de su propuesta lo previsto la fracción IV del artículo 5 en cuanto lo que se conceptualiza en esa regulación general por violencia contra las mujeres, como cualquier acción u omisión, basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público; tal como lo señala la fracción V del mismo precepto como modalidades de violencia, siendo aquellas formas, manifestaciones o los ámbitos de ocurrencia en que se presenta la violencia contra las mujeres.

La iniciativa con proyecto de decreto, fue turnada a la comisión permanente de para su análisis y dictaminación a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Justicia, así como la Comisión de Igualdad y Género.

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