/ viernes 8 de diciembre de 2023

Venderán vacuna contra Covid en farmacias

Dependiendo del registro sanitario con que se cuente podrá requerirse o no receta médica para su compra

La Paz, Baja California Sur.- Las vacunas Covid sólo se venderán en farmacias con licencia sanitaria en Baja California Sur.

Luego de que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) autorizó la venta de vacunas anti Covid en farmacias, la Ethna Quiroz León, subcomisionada de Operación y Autorización Sanitaria de la Comisión Estatal para Riesgos Sanitarios (COEPRIS) por ley las vacunas contra el covid se deberán vender en farmacias que cuenten con una licencia sanitaria para la venta del biológico.

Explicó que las vacunas por regulación sanitaria requieren ser trasladadas y resguardadas bajo ciertas condiciones de temperatura, seguimiento de la red de frío desde su origen hasta su destino final en farmacia o en un almacén por lo cual deberá ser una farmacia que cuente con una autorización, que consiste en una licencia en donde venga especificado que la farmacia pueda manejar este proceso.

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Por lo cual dependiendo del registro sanitario con que se cuente podrá requerirse o no receta médica para su compra y aplicación, el registro sanitario es una serie de números seguidos de unas letras de acuerdo a la Ley General de Salud en la cual se consideran los medicamento de tal forma de que si esa vacuna se considera en la fracción IV, V y VI, no va a requerir receta médica pero si está dentro de las fracciones.

Los medicamentos considerados en la Ley General de Salud se dividen en fracciones o grupos clasificados con números romanos las fracciones I, II y III están clasificados como medicamentos controlados, en el caso del grupo IV son medicamentos que para su venta requieren una receta médica en donde están clasificados la mayoría de los antibióticos, el grupo V con medicamentos que se pueden adquirir en farmacia sin receta médica.

El grupo VI son insumos para la salud que se pueden adquirir en cualquier lugar no necesariamente tiene que ser una farmacia como son los antiácidos, analgésicos y otros medicamentos de uso cotidiano que se encuentran en cualquier tienda de conveniencia por lo que estimó que muy probablemente las vacunas anti Covid estén clasificadas dentro del grupo IV como los antibióticos que requieren de una receta médica.

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Refirió que la especificación de la edad y restricciones para su aplicación deberán de venir establecidas en el envase primario del producto “la cajita, lo de afuera del medicamento” ahí también debe venir las especificaciones del mantenimiento del producto, contraindicaciones, reacciones adversas, forma de aplicación, si es intramuscular o intravenosa, subcutánea y los rangos para los cuales fue hecha la vacuna si es para niños o adultos.

Luego de que dio a conocer la COFEPRIS que entregó el registro sanitario a las vacunas Pfizer y Moderna contra el Covid están farmacéuticas ya puede iniciar la producción para distribución en México de estas vacunas para venta en farmacias por lo cual se calcula que en un lapso de 1 a 3 meses pueda iniciar la distribución del biológico en el estado sin necesidad de que los laboratorios fabricantes informen a la Comisión.

La Paz, Baja California Sur.- Las vacunas Covid sólo se venderán en farmacias con licencia sanitaria en Baja California Sur.

Luego de que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) autorizó la venta de vacunas anti Covid en farmacias, la Ethna Quiroz León, subcomisionada de Operación y Autorización Sanitaria de la Comisión Estatal para Riesgos Sanitarios (COEPRIS) por ley las vacunas contra el covid se deberán vender en farmacias que cuenten con una licencia sanitaria para la venta del biológico.

Explicó que las vacunas por regulación sanitaria requieren ser trasladadas y resguardadas bajo ciertas condiciones de temperatura, seguimiento de la red de frío desde su origen hasta su destino final en farmacia o en un almacén por lo cual deberá ser una farmacia que cuente con una autorización, que consiste en una licencia en donde venga especificado que la farmacia pueda manejar este proceso.

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Por lo cual dependiendo del registro sanitario con que se cuente podrá requerirse o no receta médica para su compra y aplicación, el registro sanitario es una serie de números seguidos de unas letras de acuerdo a la Ley General de Salud en la cual se consideran los medicamento de tal forma de que si esa vacuna se considera en la fracción IV, V y VI, no va a requerir receta médica pero si está dentro de las fracciones.

Los medicamentos considerados en la Ley General de Salud se dividen en fracciones o grupos clasificados con números romanos las fracciones I, II y III están clasificados como medicamentos controlados, en el caso del grupo IV son medicamentos que para su venta requieren una receta médica en donde están clasificados la mayoría de los antibióticos, el grupo V con medicamentos que se pueden adquirir en farmacia sin receta médica.

El grupo VI son insumos para la salud que se pueden adquirir en cualquier lugar no necesariamente tiene que ser una farmacia como son los antiácidos, analgésicos y otros medicamentos de uso cotidiano que se encuentran en cualquier tienda de conveniencia por lo que estimó que muy probablemente las vacunas anti Covid estén clasificadas dentro del grupo IV como los antibióticos que requieren de una receta médica.

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Refirió que la especificación de la edad y restricciones para su aplicación deberán de venir establecidas en el envase primario del producto “la cajita, lo de afuera del medicamento” ahí también debe venir las especificaciones del mantenimiento del producto, contraindicaciones, reacciones adversas, forma de aplicación, si es intramuscular o intravenosa, subcutánea y los rangos para los cuales fue hecha la vacuna si es para niños o adultos.

Luego de que dio a conocer la COFEPRIS que entregó el registro sanitario a las vacunas Pfizer y Moderna contra el Covid están farmacéuticas ya puede iniciar la producción para distribución en México de estas vacunas para venta en farmacias por lo cual se calcula que en un lapso de 1 a 3 meses pueda iniciar la distribución del biológico en el estado sin necesidad de que los laboratorios fabricantes informen a la Comisión.

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