/ viernes 15 de noviembre de 2019

Dialoga Carlos Esqueda con Madrugadores en temas fiscales

Existen dudas e inquietudes sobre la ley de extensión de dominio

La Paz, B.C.S. (OEM-Informex).- Juan Carlos Esqueda Hampl, socio fiscalista de Kreston BSG, habló con los Madrugadores de diversos aspectos sobre los cambios aplicados a la ley de Hacienda, entre los que destacan el impuesto que se aplicará al ahorro y las sanciones que se contemplan, en hechos relacionados con asuntos contables.

El especialista dijo que los cambios generan diversos riesgos y estos han provocado una caída en la Inversión Extranjera Directa (IED), descenso que fue de un 15.2% en el segundo trimestre del presente año, al ser comparada con el mismo periodo pero del año anterior. Cifras preliminares del Banxico refieren que la IED en el 2019 fue de 5 mil 703 millones de dólares, pero en el 2018 estos ingresos alcanzaron los 6 mil 700 mdd.

Sobre los riesgos dijo que estos se generan través de la Ley de Extensión de Dominio, la cual -como se recordará- ha provocado muchos comentarios adversos por la “facilidad” con la que se determinan las sanciones, ya que los involucrados carecen de un proceso o etapa en el que se considere su inocencia.

Como ejemplo mostró un vídeo elaborado y difundido por COPARMEX, en el que se muestra el caso de un empresario y las repercusiones que podría tener con la Ley en cuestión, esto se daría en caso de que la empresa con la que haya estado realizando transacciones comerciales, decida dar por concluidas sus operaciones ante la Secretaría de Hacienda, los problemas surgirían porque al no encontrar un registro federal con el que haya estado teniendo una relación comercial, sus actividades pasarían a ser consideradas como operaciones ilícitas y por consiguiente, con la agilidad y la inexistencia de un plazo para que el empresario pueda defenderse, él sería encarcelado y sus bienes serían embargados para ser subastados, lo que es incongruente dados los principios de que la autoridad debe demostrar la responsabilidad de la persona en un acto delictivo antes de ejercer una sanción.

Luego de recordar que todos los arrendadores están expuestos a rentar sus bienes a personas que incurran en algún hecho delictivo, Esqueda Hampl dijo que al ser descubiertos los actos ilícitos, el dueño perdería irremediablemente las casas o construcciones en cuestión, porque la ley contempla el aseguramiento del inmueble y considera que existió la complicidad del propietario.

Ante esto el especialista recomendó que cada cliente, colaborador, proveedor, socio y accionista, debe tener competo su expediente único en el que se sepa quién es la persona física o moral con la que se está negociando, también que está al corriente en sus obligaciones fiscales y que los recursos con que esa persona realizara las operaciones son de procedencia lícita, más en quienes se dediquen al arrendamiento o compra-venta de bienes, mercancías, inmuebles, autos, aviones o maquinaria y esto implica también a las fusiones o la compra de empresas, traspasos de negocio e inversiones en sociedades privadas.

La Paz, B.C.S. (OEM-Informex).- Juan Carlos Esqueda Hampl, socio fiscalista de Kreston BSG, habló con los Madrugadores de diversos aspectos sobre los cambios aplicados a la ley de Hacienda, entre los que destacan el impuesto que se aplicará al ahorro y las sanciones que se contemplan, en hechos relacionados con asuntos contables.

El especialista dijo que los cambios generan diversos riesgos y estos han provocado una caída en la Inversión Extranjera Directa (IED), descenso que fue de un 15.2% en el segundo trimestre del presente año, al ser comparada con el mismo periodo pero del año anterior. Cifras preliminares del Banxico refieren que la IED en el 2019 fue de 5 mil 703 millones de dólares, pero en el 2018 estos ingresos alcanzaron los 6 mil 700 mdd.

Sobre los riesgos dijo que estos se generan través de la Ley de Extensión de Dominio, la cual -como se recordará- ha provocado muchos comentarios adversos por la “facilidad” con la que se determinan las sanciones, ya que los involucrados carecen de un proceso o etapa en el que se considere su inocencia.

Como ejemplo mostró un vídeo elaborado y difundido por COPARMEX, en el que se muestra el caso de un empresario y las repercusiones que podría tener con la Ley en cuestión, esto se daría en caso de que la empresa con la que haya estado realizando transacciones comerciales, decida dar por concluidas sus operaciones ante la Secretaría de Hacienda, los problemas surgirían porque al no encontrar un registro federal con el que haya estado teniendo una relación comercial, sus actividades pasarían a ser consideradas como operaciones ilícitas y por consiguiente, con la agilidad y la inexistencia de un plazo para que el empresario pueda defenderse, él sería encarcelado y sus bienes serían embargados para ser subastados, lo que es incongruente dados los principios de que la autoridad debe demostrar la responsabilidad de la persona en un acto delictivo antes de ejercer una sanción.

Luego de recordar que todos los arrendadores están expuestos a rentar sus bienes a personas que incurran en algún hecho delictivo, Esqueda Hampl dijo que al ser descubiertos los actos ilícitos, el dueño perdería irremediablemente las casas o construcciones en cuestión, porque la ley contempla el aseguramiento del inmueble y considera que existió la complicidad del propietario.

Ante esto el especialista recomendó que cada cliente, colaborador, proveedor, socio y accionista, debe tener competo su expediente único en el que se sepa quién es la persona física o moral con la que se está negociando, también que está al corriente en sus obligaciones fiscales y que los recursos con que esa persona realizara las operaciones son de procedencia lícita, más en quienes se dediquen al arrendamiento o compra-venta de bienes, mercancías, inmuebles, autos, aviones o maquinaria y esto implica también a las fusiones o la compra de empresas, traspasos de negocio e inversiones en sociedades privadas.

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