/ miércoles 3 de mayo de 2017

En mayo y junio se tienen que pagar las utilidades

La Paz, Baja California Sur.-La Secretaría del Trabajoy Previsión Social de Baja California Sur, a través de su titularGustavo Hernández Vela Kakogui, exhorta a las empresas, así comoa los patrones, es decir a las personas físicas con actividadempresarial a que cumplan con el pago del reparto de utilidades aque sus trabajadores tienen derecho, durante los meses de mayo yjunio respectivamente.

El secretario, enfatizó que esa dependencia a través de laProcuraduría General de la Defensa del Trabajo (PGDT), semantendrá atento al cumplimiento de esta obligación de la partepatronal y que está establecida en la Constitución y en LeyFederal del Trabajo.

Por ello, esta prestación es un derecho constitucional quetienen los empleados de participar en las ganancias que obtiene unaempresa o patrón, de acuerdo con su declaración fiscal por laactividad productiva o servicios que ofrece en el mercado.Gustavo Hernández Vela, precisó quelas personas que laboren para personas morales (empresas) deberánrecibir este derecho a más tardar el 30 de mayo, mientras que enel caso de quienes lo hacen para una persona física con actividadempresarial (patrón), la fecha límite es el 29 dejunio. El funcionario estatal, aclaró que paraparticipar del reparto de utilidades es necesario que lostrabajadores hayan  laborado por lo menos 60 días en centros detrabajo cuyas utilidades netas mínimo sean de 300 mil pesos,según su Declaración Fiscal 2016, y que, además, la empresa encuestión tenga más de un año en funcionamiento.

En este sentido, el secretario destacó que según lalegislación laboral, el reparto de utilidades no aplica paratrabajadores domésticos, directores, administradores y gerentesgenerales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que,mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin queexista una relación de trabajo subordinada con un patrón.

Gustavo Hernández Vela, destacó que se exenta de este repartoa empresas de nueva creación durante su primer año defuncionamiento; al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) einstituciones públicas descentralizadas con fines culturales,asistenciales o de beneficencia; también a empresas cuyo capitalsea menor al que fija la STPS por ramas de la industria, y ainstituciones de asistencia privada que realicen acciones con fineshumanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designarindividualmente a los beneficiarios.

Lee también:

El secretario para finalizar recalcó que la PGDT, brindará,asesoría legal gratuita sobre el Reparto de Utilidades, a todoslos trabajadores que la requieran, en sus oficinas ubicadas enCabrillas y Constituyentes, interior 302. Fraccionamiento Fidepaz,en La Paz; en un horario de las 8:00 am a las 3:00 pm; además ponea disposición de todos los trabajadores la línea telefónica sincosto (612) 12 4 29 65 y los correos gustavo.hernandezvela@bcs.gob.mxy martha.034@hotmail.com de igualforma los interesados pueden acceder a la página de Facebook de laProcuraduría de la Defensa del Trabajo de Baja California Sur.

La Paz, Baja California Sur.-La Secretaría del Trabajoy Previsión Social de Baja California Sur, a través de su titularGustavo Hernández Vela Kakogui, exhorta a las empresas, así comoa los patrones, es decir a las personas físicas con actividadempresarial a que cumplan con el pago del reparto de utilidades aque sus trabajadores tienen derecho, durante los meses de mayo yjunio respectivamente.

El secretario, enfatizó que esa dependencia a través de laProcuraduría General de la Defensa del Trabajo (PGDT), semantendrá atento al cumplimiento de esta obligación de la partepatronal y que está establecida en la Constitución y en LeyFederal del Trabajo.

Por ello, esta prestación es un derecho constitucional quetienen los empleados de participar en las ganancias que obtiene unaempresa o patrón, de acuerdo con su declaración fiscal por laactividad productiva o servicios que ofrece en el mercado.Gustavo Hernández Vela, precisó quelas personas que laboren para personas morales (empresas) deberánrecibir este derecho a más tardar el 30 de mayo, mientras que enel caso de quienes lo hacen para una persona física con actividadempresarial (patrón), la fecha límite es el 29 dejunio. El funcionario estatal, aclaró que paraparticipar del reparto de utilidades es necesario que lostrabajadores hayan  laborado por lo menos 60 días en centros detrabajo cuyas utilidades netas mínimo sean de 300 mil pesos,según su Declaración Fiscal 2016, y que, además, la empresa encuestión tenga más de un año en funcionamiento.

En este sentido, el secretario destacó que según lalegislación laboral, el reparto de utilidades no aplica paratrabajadores domésticos, directores, administradores y gerentesgenerales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que,mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin queexista una relación de trabajo subordinada con un patrón.

Gustavo Hernández Vela, destacó que se exenta de este repartoa empresas de nueva creación durante su primer año defuncionamiento; al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) einstituciones públicas descentralizadas con fines culturales,asistenciales o de beneficencia; también a empresas cuyo capitalsea menor al que fija la STPS por ramas de la industria, y ainstituciones de asistencia privada que realicen acciones con fineshumanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designarindividualmente a los beneficiarios.

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El secretario para finalizar recalcó que la PGDT, brindará,asesoría legal gratuita sobre el Reparto de Utilidades, a todoslos trabajadores que la requieran, en sus oficinas ubicadas enCabrillas y Constituyentes, interior 302. Fraccionamiento Fidepaz,en La Paz; en un horario de las 8:00 am a las 3:00 pm; además ponea disposición de todos los trabajadores la línea telefónica sincosto (612) 12 4 29 65 y los correos gustavo.hernandezvela@bcs.gob.mxy martha.034@hotmail.com de igualforma los interesados pueden acceder a la página de Facebook de laProcuraduría de la Defensa del Trabajo de Baja California Sur.

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