/ lunes 20 de febrero de 2023

Modificaciones a la Constitución podrían depender de un sólo diputado

Presentarán iniciativa con proyecto de decreto en la cual se propone la modificación del artículo 223 de la Ley Orgánica del Poder legislativo

La Paz, Baja California Sur. (OEM- Informex).- Las modificaciones a la Constitución Política del Estado de Baja California Sur podrían depender en lo sucesivo por un diputado; esto de aprobarse las reformas a la Ley Orgánica del Congreso del Estado de Baja California Sur, planteamiento que realizará el día de mañana realizara la diputada María Guadalupe Moreno Higuera.

En la Sesión Pública de este martes la diputada Moreno Higuera de la fracción parlamentaria del Partido MORENA presentará una iniciativa con proyecto de decreto en la cual se propone la modificación del artículo 223 de la Ley Orgánica del Poder legislativo con el fin de que las iniciativas que tengan como fin reformar o adicionar la Constitución Política del Estado de Baja California Sur ya no estén suscritas por tres diputados.

Lee: Avanzan comisiones en la dictaminación de reformas a la Ley 3 de 3

El argumento de la diputada es que por un lado pretende reconfigurar los derechos políticos electorales de quienes integran el poder legislativo eliminando la condición de que para reformar o adicional la constitución se dependa de una trilogía de diputados por se a juicio de la diputada se restringe la libertad individual para ejercer el cargo de diputado local al depender de la voluntad de otros dos diputados.

Por otra parte, también argumenta que con esa modificación se pretende combatir una antinomia es decir una contraposición que se da cuando dos normas jurídicas contemplan soluciones opuestas o diversas ante un mismo supuesto jurídico, lo que hace imposible su aplicación supuesta en el que señala está el artículo 57 fracción V de la Constitución Política y otros artículos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y de la Ley de participación Ciudadana.

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El proyecto de decreto es la modificación al artículo 223 “Las iniciativas que tengan por objeto reformar o adicionar la Constitución Política del Estado deberán estar suscritas por algún diputado, fracción parlamentaria, por el gobernador, el Tribunal Superior de Justicia, o los ayuntamientos de acuerdo a los que establecido a la Constitución Política del Estado y la Presente Ley”

La Paz, Baja California Sur. (OEM- Informex).- Las modificaciones a la Constitución Política del Estado de Baja California Sur podrían depender en lo sucesivo por un diputado; esto de aprobarse las reformas a la Ley Orgánica del Congreso del Estado de Baja California Sur, planteamiento que realizará el día de mañana realizara la diputada María Guadalupe Moreno Higuera.

En la Sesión Pública de este martes la diputada Moreno Higuera de la fracción parlamentaria del Partido MORENA presentará una iniciativa con proyecto de decreto en la cual se propone la modificación del artículo 223 de la Ley Orgánica del Poder legislativo con el fin de que las iniciativas que tengan como fin reformar o adicionar la Constitución Política del Estado de Baja California Sur ya no estén suscritas por tres diputados.

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El argumento de la diputada es que por un lado pretende reconfigurar los derechos políticos electorales de quienes integran el poder legislativo eliminando la condición de que para reformar o adicional la constitución se dependa de una trilogía de diputados por se a juicio de la diputada se restringe la libertad individual para ejercer el cargo de diputado local al depender de la voluntad de otros dos diputados.

Por otra parte, también argumenta que con esa modificación se pretende combatir una antinomia es decir una contraposición que se da cuando dos normas jurídicas contemplan soluciones opuestas o diversas ante un mismo supuesto jurídico, lo que hace imposible su aplicación supuesta en el que señala está el artículo 57 fracción V de la Constitución Política y otros artículos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y de la Ley de participación Ciudadana.

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El proyecto de decreto es la modificación al artículo 223 “Las iniciativas que tengan por objeto reformar o adicionar la Constitución Política del Estado deberán estar suscritas por algún diputado, fracción parlamentaria, por el gobernador, el Tribunal Superior de Justicia, o los ayuntamientos de acuerdo a los que establecido a la Constitución Política del Estado y la Presente Ley”

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