/ jueves 3 de junio de 2021

Esto es lo que tienes que saber sobre la veda electoral

El miércoles 2 de junio concluyó el periodo de campañas federales y locales

La Paz, Baja California Sur. (OEM-Informex).- Desde el primer minuto del domingo 4 de abril de 2021, en Baja California Sur se experimentó el oleaje provocado por las campañas electorales, posteriormente el miércoles 2 de junio de 2021 concluyó este periodo de campañas federales y locales, y con ello inició desde el primer minuto del jueves 3 de junio de 2021 el periodo de veda o reflexión electoral, el cual concluirá hasta el cierre de las casillas, es decir, el próximo domingo 6 de junio.

Este periodo de tiempo se debe suspender toda propaganda electoral en medios de comunicación impresos, electrónicos, radio y televisión para que la ciudadanía pueda reflexionar sobre el sentido de su voto; este periodo comprende los tres días previos a la jornada electoral.

En tanto a las y los candidatos, partidos, ciudadanía, funcionarios públicos y medios de comunicación se les prohíbe la propaganda o proselitismo por cualquier medio, la publicación de resultados de encuestas y sondeos sobre preferencias electorales; difusión de informes de labores y cualquier tipo de propaganda gubernamental.

Los resultados de encuestas por muestreo, sondeos de opinión, encuestas de salida o conteos rápidos sobre las elecciones locales y federales podrán darse a conocer hasta el cierre oficial de las casillas.

Es importante destacar que, durante este periodo, los medios de comunicación no pierden la libertad de expresión y podrán continuar con su labor informativa sobre temas electorales, siempre y cuando no se trate de propaganda política. Las entrevistas a contendientes a algún cargo de elección popular deben ser suspendidas en este periodo para evitar que a través de estas se llame al voto o se realice algún tipo de propaganda o acto proselitista.

Por su parte, la Vocal Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en Baja California Sur (INE) Marina Garmendia Gómez, señaló que el artículo 251 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que las campañas electorales deben concluir 3 días antes de celebrarse la jornada electoral, por lo tanto, quedan prohibidas la celebración y la difusión de reuniones y actos públicos de campaña de propaganda o de proselitismo electorales.

De acuerdo con el artículo 213 de la Ley Electoral, a partir del día 3 de junio y hasta la hora del cierre de las casillas queda estrictamente prohibido publicar, difundir o dar a conocer por cualquier medio de comunicación los resultados de las encuestas o sondeos de opinión que tengan como fin dar a conocer las preferencias electorales; quedando sujetos quienes lo hicieren a las penas aplicables aquellos que incurran en alguno de los tipos previstos y se sancionará en la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

Es importante recalcar que, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales indica que la propaganda colocada en la vía pública deberá retirarse en los siete días posteriores a la conclusión de la jornada electoral.

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Finalmente, la veda electoral también aplica en redes sociales, a pesar de que no están sujetas a regulación, la difusión de temas propagandísticos está prohibida absolutamente.

La Paz, Baja California Sur. (OEM-Informex).- Desde el primer minuto del domingo 4 de abril de 2021, en Baja California Sur se experimentó el oleaje provocado por las campañas electorales, posteriormente el miércoles 2 de junio de 2021 concluyó este periodo de campañas federales y locales, y con ello inició desde el primer minuto del jueves 3 de junio de 2021 el periodo de veda o reflexión electoral, el cual concluirá hasta el cierre de las casillas, es decir, el próximo domingo 6 de junio.

Este periodo de tiempo se debe suspender toda propaganda electoral en medios de comunicación impresos, electrónicos, radio y televisión para que la ciudadanía pueda reflexionar sobre el sentido de su voto; este periodo comprende los tres días previos a la jornada electoral.

En tanto a las y los candidatos, partidos, ciudadanía, funcionarios públicos y medios de comunicación se les prohíbe la propaganda o proselitismo por cualquier medio, la publicación de resultados de encuestas y sondeos sobre preferencias electorales; difusión de informes de labores y cualquier tipo de propaganda gubernamental.

Los resultados de encuestas por muestreo, sondeos de opinión, encuestas de salida o conteos rápidos sobre las elecciones locales y federales podrán darse a conocer hasta el cierre oficial de las casillas.

Es importante destacar que, durante este periodo, los medios de comunicación no pierden la libertad de expresión y podrán continuar con su labor informativa sobre temas electorales, siempre y cuando no se trate de propaganda política. Las entrevistas a contendientes a algún cargo de elección popular deben ser suspendidas en este periodo para evitar que a través de estas se llame al voto o se realice algún tipo de propaganda o acto proselitista.

Por su parte, la Vocal Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en Baja California Sur (INE) Marina Garmendia Gómez, señaló que el artículo 251 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que las campañas electorales deben concluir 3 días antes de celebrarse la jornada electoral, por lo tanto, quedan prohibidas la celebración y la difusión de reuniones y actos públicos de campaña de propaganda o de proselitismo electorales.

De acuerdo con el artículo 213 de la Ley Electoral, a partir del día 3 de junio y hasta la hora del cierre de las casillas queda estrictamente prohibido publicar, difundir o dar a conocer por cualquier medio de comunicación los resultados de las encuestas o sondeos de opinión que tengan como fin dar a conocer las preferencias electorales; quedando sujetos quienes lo hicieren a las penas aplicables aquellos que incurran en alguno de los tipos previstos y se sancionará en la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

Es importante recalcar que, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales indica que la propaganda colocada en la vía pública deberá retirarse en los siete días posteriores a la conclusión de la jornada electoral.

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Finalmente, la veda electoral también aplica en redes sociales, a pesar de que no están sujetas a regulación, la difusión de temas propagandísticos está prohibida absolutamente.

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