/ jueves 9 de abril de 2020

Jalisco emite protocolo para el manejo de cadáveres por Covid-19

Las ceremonias fúnebres serán suspendidas, pero en caso de realizarse, estas podrán llevarse a cabo bajo la responsabilidad de la familia


Jalisco emite un protocolo para el manejo de cadáveres por Covid-19; aunque se aclara que no hay evidencia de transmisión de la enfermedad a través del manejo de cadáveres de personas fallecidas se aplica el principio de precaución y evitar contagios.

Los lineamientos fueron publicados en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco y señalan que en todo momento el cadáver debe tratarse con respeto y dignidad, aunque se indica que las ceremonias fúnebres serán suspendidas, estas podrán llevarse a cabo bajo responsabilidad de la familia adoptando medidas obligatorias como son: una duración de cuatro horas, menos de 20 personas a la vez, uso de cubrebocas, e implementar filtros de supervisión al ingreso de los servicios funerarios.

La Secretaría de Salud Jalisco (SSJ) emite el protocolo con nueve puntos que deberá acatar el personal de salud y trabajadores de las empresas que prestan servicios funerarios durante el trato de los cuerpos de personas fallecidas a causa del virus SARS-CoV2 (Covid-19), a fin de evitar contagios.

“Estos cadáveres podrían suponer un riesgo de infección para las personas que entren en contacto directo con el cadáver o sus fluidos, así como con objetos contaminados si no se toman las medidas adecuadas durante el proceso”, por ello se busca garantizar el derecho a la protección a la salud marcado en el artículo cuarto Constitucional.

Los lineamientos de actuación están enfocados al manejo dentro de la unidad hospitalaria, traslado de la unidad hospitalaria a la funeraria, de las medidas en la funeraria, ceremonias fúnebres, del destino final de los cadáveres, de los cadáveres de personas no identificadas o no reclamadas, del manejo de cadáveres no hospitalarios (encontrado en la vía pública o en domicilio), medidas aplicables en caso de práctica de necropsia a cadáveres confirmados o sospechosos por Covid-19 y disposiciones completarías.

En el primer punto se establece que, el cadáver debe ser transferido inmediatamente a un espacio de aislamiento destinado en la unidad hospitalaria, antes del traslado y verificada la identidad, los familiares podrán tener acceso restringiendo a los más próximos sin tener contacto, bajo su responsabilidad y tomando las precauciones para evitar la transmisión.

Foto: AFP

Con relación al cadáver se indica que deberá mantenerse íntegro y evitar al máximo su manipulación, poniendo “especial atención al movilizarlo o amortajarlo, con el fin de evitar contacto directo con fluidos o heces fecales. No deben retirarse sondas, vías ni drenajes (…) debe introducirse en una bolsa sanitaria de traslado que reúna las características técnicas sanitarias de resistencia (…)” e introducirse a otra bolsa.

Posteriormente será entregado a los servicios funerarios o al Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses bajo el cumplimiento de las normas de bioseguridad, y depositado en un ataúd o contenedor de cremación.

En cuanto al punto dos, de las ceremonias fúnebres se recomienda a las empresas que prestan los servicios funerarios, la suspensión de velorios y ceremonias fúnebres por el riesgo que conlleva la concentración e interrelación del grupo de población, en caso de que la familia bajo su propia responsabilidad decida llevar el acto se deberá adoptar medidas obligatorias para la prevención de contagios.


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Jalisco emite un protocolo para el manejo de cadáveres por Covid-19; aunque se aclara que no hay evidencia de transmisión de la enfermedad a través del manejo de cadáveres de personas fallecidas se aplica el principio de precaución y evitar contagios.

Los lineamientos fueron publicados en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco y señalan que en todo momento el cadáver debe tratarse con respeto y dignidad, aunque se indica que las ceremonias fúnebres serán suspendidas, estas podrán llevarse a cabo bajo responsabilidad de la familia adoptando medidas obligatorias como son: una duración de cuatro horas, menos de 20 personas a la vez, uso de cubrebocas, e implementar filtros de supervisión al ingreso de los servicios funerarios.

La Secretaría de Salud Jalisco (SSJ) emite el protocolo con nueve puntos que deberá acatar el personal de salud y trabajadores de las empresas que prestan servicios funerarios durante el trato de los cuerpos de personas fallecidas a causa del virus SARS-CoV2 (Covid-19), a fin de evitar contagios.

“Estos cadáveres podrían suponer un riesgo de infección para las personas que entren en contacto directo con el cadáver o sus fluidos, así como con objetos contaminados si no se toman las medidas adecuadas durante el proceso”, por ello se busca garantizar el derecho a la protección a la salud marcado en el artículo cuarto Constitucional.

Los lineamientos de actuación están enfocados al manejo dentro de la unidad hospitalaria, traslado de la unidad hospitalaria a la funeraria, de las medidas en la funeraria, ceremonias fúnebres, del destino final de los cadáveres, de los cadáveres de personas no identificadas o no reclamadas, del manejo de cadáveres no hospitalarios (encontrado en la vía pública o en domicilio), medidas aplicables en caso de práctica de necropsia a cadáveres confirmados o sospechosos por Covid-19 y disposiciones completarías.

En el primer punto se establece que, el cadáver debe ser transferido inmediatamente a un espacio de aislamiento destinado en la unidad hospitalaria, antes del traslado y verificada la identidad, los familiares podrán tener acceso restringiendo a los más próximos sin tener contacto, bajo su responsabilidad y tomando las precauciones para evitar la transmisión.

Foto: AFP

Con relación al cadáver se indica que deberá mantenerse íntegro y evitar al máximo su manipulación, poniendo “especial atención al movilizarlo o amortajarlo, con el fin de evitar contacto directo con fluidos o heces fecales. No deben retirarse sondas, vías ni drenajes (…) debe introducirse en una bolsa sanitaria de traslado que reúna las características técnicas sanitarias de resistencia (…)” e introducirse a otra bolsa.

Posteriormente será entregado a los servicios funerarios o al Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses bajo el cumplimiento de las normas de bioseguridad, y depositado en un ataúd o contenedor de cremación.

En cuanto al punto dos, de las ceremonias fúnebres se recomienda a las empresas que prestan los servicios funerarios, la suspensión de velorios y ceremonias fúnebres por el riesgo que conlleva la concentración e interrelación del grupo de población, en caso de que la familia bajo su propia responsabilidad decida llevar el acto se deberá adoptar medidas obligatorias para la prevención de contagios.


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