/ domingo 21 de febrero de 2021

Aborto no alcanza amnistía en Tlaxcala

En el Código Penal local está considerado como delito contra la vida, por ello quedó fuera de esa ley

Al avalar los diputados locales la creación de la Ley de Amnistía para Tlaxcala, dejaron fuera de la cancelación de la conducta ilícita a quienes cometieron aborto.

La propuesta de la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, determinó que no alcanzan el beneficio de la amnistía las personas que cometieron aborto en cualquiera de sus modalidades previstas en el Código Penal: cuando la madre lo haga voluntariamente, procure o consienta en que otra lo haga abortar.

Además, cuando la persona que haga abortar a una mujer a solicitud de ella, cuando falte el consentimiento de la mujer o cuando sea causado por un médico, cirujano, comadrón o partera.

Así, dejaron fuera de esta ley "del perdón a quienes cometieron ese delito, y que estaba establecida en la iniciativa presentada en septiembre del año pasado por el diputado local Jesús Rolando Pérez Saavedra.

▶️ Mantente informado en nuestro canal de Google Noticias

Al respecto, la Comisión Dictaminadora argumentó que ese delito está considerado en el Título Sexto del Código Penal de Tlaxcala denominado “Delitos contra la vida y la integridad corporal”, por lo que no puede ser sujeto de amnistía, al ser una conducta tipificada.

Lo anterior, al explicar que la misma ley establece que “no se concederá el beneficio de esta Ley a quienes hayan cometido delitos contra la vida, la integridad corporal, secuestro o hayan utilizado en la comisión del delito violencia o armas de fuego”, y de incluirlo se estaría contradiciendo esos planteamientos.

Aborto sin penalización

En Tlaxcala, el aborto está permitido únicamente cuando es producto de una violación, cuando han detectado malformación en el producto, cuando se dio de forma imprudencial o accidental, si pone en riesgo la vida o la salud de la mujer y cuando se trató de inseminación artificial no consentida.

Al avalar los diputados locales la creación de la Ley de Amnistía para Tlaxcala, dejaron fuera de la cancelación de la conducta ilícita a quienes cometieron aborto.

La propuesta de la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, determinó que no alcanzan el beneficio de la amnistía las personas que cometieron aborto en cualquiera de sus modalidades previstas en el Código Penal: cuando la madre lo haga voluntariamente, procure o consienta en que otra lo haga abortar.

Además, cuando la persona que haga abortar a una mujer a solicitud de ella, cuando falte el consentimiento de la mujer o cuando sea causado por un médico, cirujano, comadrón o partera.

Así, dejaron fuera de esta ley "del perdón a quienes cometieron ese delito, y que estaba establecida en la iniciativa presentada en septiembre del año pasado por el diputado local Jesús Rolando Pérez Saavedra.

▶️ Mantente informado en nuestro canal de Google Noticias

Al respecto, la Comisión Dictaminadora argumentó que ese delito está considerado en el Título Sexto del Código Penal de Tlaxcala denominado “Delitos contra la vida y la integridad corporal”, por lo que no puede ser sujeto de amnistía, al ser una conducta tipificada.

Lo anterior, al explicar que la misma ley establece que “no se concederá el beneficio de esta Ley a quienes hayan cometido delitos contra la vida, la integridad corporal, secuestro o hayan utilizado en la comisión del delito violencia o armas de fuego”, y de incluirlo se estaría contradiciendo esos planteamientos.

Aborto sin penalización

En Tlaxcala, el aborto está permitido únicamente cuando es producto de una violación, cuando han detectado malformación en el producto, cuando se dio de forma imprudencial o accidental, si pone en riesgo la vida o la salud de la mujer y cuando se trató de inseminación artificial no consentida.

Policiaca

Salvan a joven que intentó suicidarse en su casa

Policías Municipales lo hallan inconsciente y reaniman aplicando RCP

Círculos

Teatro Juárez fue inaugurado 36 días antes de la revolución mexicana

El 2 de julio de 1906 se contó con el coronel Agustín Sanginés, jefe político del distrito de Baja California, para proponer al cabildo la construcción de un teatro

Elecciones 2024

Elecciones 2024: ¿Qué es lo que sí pueden regalar en campaña?

El reparto de dinero es considerado un delito por parte de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Local

¿Qué son los observadores electorales?

El plazo para registrarse como observador electoral finaliza el 7 de mayo

Municipios

Así funciona el baño seco de Isla Coronado en Loreto

Este servicio contribuye de importante manera al cuidado, conservación y preservación del ecosistema marino

Círculos

Jóvenes recaudan fondos para asistir a concurso de danza

Integrantes del Ballet Yolihuanes requieren el apoyo de la ciudadanía para viajar a Ciudad Juárez