/ martes 16 de octubre de 2018

Avanza Ley de Personas desaparecidas en Jalisco

La prioridad de esta Ley "es encontrarlos vivos, y si ya no lo están hay que identificarlos y entregarlos a sus familiares. Siempre con un trato digno

Avanzó en la Comisión de Puntos Constitucionales la Ley de personas desaparecidas en Jalisco, se aprobó el dictamen con las propuestas del PRI, MC y PVEM. En la sesión del pleno de este miércoles se subirá al Pleno para su aprobación. Esta Ley entraría en vigor a partir de enero del 2019.

Con esta Ley se debe elegir un Comisionado que en la primera quincena de diciembre próximo, a través de una convocatoria debe emitir el Secretario General del Gobierno, así mismo la presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales diputada Rocio Corona Nakamura informó que se crean:

  • Consejo Estatal ciudadano de búsqueda de personas
  • Comisión local de búsqueda de personas desaparecidas
  • Registro Estatal de personas desaparecidas
  • Registro Estatal de personas fallecidas y no localizadas
  • Banco Estatal de datos genéticos
  • Registro Estatal de fosas comunes en cementerios y panteones municipales, así como fosas clandestinas

La nueva Ley de desaparecidos pone énfasis en la búsqueda de las personas. Creando instancias de acción directa.La prioridad de esta Ley "es encontrarlos vivos, y si ya no lo están hay que identificarlos y entregarlos a sus familiares.Siempre con un trato digno. Todos los daños se pueden reparar pero una vida no tiene precio", manifestó la legisladora.

Explicó que la Comisión Local de Búsqueda de Personas desaparecidas, será un órgano desconcentrado de la Secretaría General de Gobierno.

El Comisionado, será nombrado mediante una terna por el Gobernador.

Dijo que los Grupos de búsqueda se integrarán por los ministerios públicos y el personal de la Agencia de Investigación especializados en búsqueda de personas, que se le asigne a la Comisión Estatal de Búsqueda.

Indicó que el Consejo Estatal Ciudadano, se integrará por:

  • Cinco familiares de víctimas que integren colectivos de víctimas
  • Cuatro especialistas
  • Cuatro representantes de organizaciones de la sociedad civil
  • Un secretario técnico, que será el Titular de la Comisión Local de Búsqueda

El Congreso del Estado nombrará, por mayoría absoluta de votos mediante dictamen procedimiento y dictamen que elabore la Comisión de Derechos Humanos, previa consulta pública de las organizaciones defensoras de los derechos humanos, de los colectivos de víctimas y expertos en las materias de esta Ley.

La duración de su función será de tres años, con posibilidad de reelección, y no deberán desempeñar ningún cargo como servidor público.

Corona Nakamura, subrayó que el Ejecutivo del Estado deberá emitir el reglamento de la ley en un lapsos de 120 días que vencerá a fines de febrero del 2019.

EL DATO - Por única ocasión los nombramientos de los integrantes del Consejo Estatal Ciudadano, durarán en el cargo: El integrante por familiares 2 años; segundo integrante 3 años; tercer integrante 4 años. El representante de ciudadanos especialistas el primer miembro 2 años y el segundo 3 años ; por representantes de organizaciones civiles igual el primero y segundo integrante DURARA 2 y 3 años respectivamente.

Avanzó en la Comisión de Puntos Constitucionales la Ley de personas desaparecidas en Jalisco, se aprobó el dictamen con las propuestas del PRI, MC y PVEM. En la sesión del pleno de este miércoles se subirá al Pleno para su aprobación. Esta Ley entraría en vigor a partir de enero del 2019.

Con esta Ley se debe elegir un Comisionado que en la primera quincena de diciembre próximo, a través de una convocatoria debe emitir el Secretario General del Gobierno, así mismo la presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales diputada Rocio Corona Nakamura informó que se crean:

  • Consejo Estatal ciudadano de búsqueda de personas
  • Comisión local de búsqueda de personas desaparecidas
  • Registro Estatal de personas desaparecidas
  • Registro Estatal de personas fallecidas y no localizadas
  • Banco Estatal de datos genéticos
  • Registro Estatal de fosas comunes en cementerios y panteones municipales, así como fosas clandestinas

La nueva Ley de desaparecidos pone énfasis en la búsqueda de las personas. Creando instancias de acción directa.La prioridad de esta Ley "es encontrarlos vivos, y si ya no lo están hay que identificarlos y entregarlos a sus familiares.Siempre con un trato digno. Todos los daños se pueden reparar pero una vida no tiene precio", manifestó la legisladora.

Explicó que la Comisión Local de Búsqueda de Personas desaparecidas, será un órgano desconcentrado de la Secretaría General de Gobierno.

El Comisionado, será nombrado mediante una terna por el Gobernador.

Dijo que los Grupos de búsqueda se integrarán por los ministerios públicos y el personal de la Agencia de Investigación especializados en búsqueda de personas, que se le asigne a la Comisión Estatal de Búsqueda.

Indicó que el Consejo Estatal Ciudadano, se integrará por:

  • Cinco familiares de víctimas que integren colectivos de víctimas
  • Cuatro especialistas
  • Cuatro representantes de organizaciones de la sociedad civil
  • Un secretario técnico, que será el Titular de la Comisión Local de Búsqueda

El Congreso del Estado nombrará, por mayoría absoluta de votos mediante dictamen procedimiento y dictamen que elabore la Comisión de Derechos Humanos, previa consulta pública de las organizaciones defensoras de los derechos humanos, de los colectivos de víctimas y expertos en las materias de esta Ley.

La duración de su función será de tres años, con posibilidad de reelección, y no deberán desempeñar ningún cargo como servidor público.

Corona Nakamura, subrayó que el Ejecutivo del Estado deberá emitir el reglamento de la ley en un lapsos de 120 días que vencerá a fines de febrero del 2019.

EL DATO - Por única ocasión los nombramientos de los integrantes del Consejo Estatal Ciudadano, durarán en el cargo: El integrante por familiares 2 años; segundo integrante 3 años; tercer integrante 4 años. El representante de ciudadanos especialistas el primer miembro 2 años y el segundo 3 años ; por representantes de organizaciones civiles igual el primero y segundo integrante DURARA 2 y 3 años respectivamente.

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