/ jueves 11 de marzo de 2021

TEPJF inhabilita a Alberto Rentería por violencia política de género

El presidente interino de Morena quedó inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas por un lapso de 3 años

La Paz, Baja California Sur. (OEM-Informex).- La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Estatal del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por mayoría confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur, sobre la sanción en contra del presidente interior del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), en la entidad, Alberto Rentería Santana, por haber cometido actos de violencia política contra una mujer en razón de género de manera simbólica.

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Lo anterior, luego de que Armida Castro Guzmán, presentará una denuncia formal contra el líder del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Alberto Rentería Santana, con la finalidad de solicitar a la autoridad electoral que el personaje en mención, no emitiera comentarios que atacaran a su persona; debido a que, Rentería Santana mencionaba que las probabilidades de que una mujer ganará la alcaldía de Los Cabos en el 2021 era casi nulas, afectando la imagen de Armida Castro Guzmán, que ha sido víctima de Violencia Política de Género, a lo que el Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur, declaró como procedente dicha denuncia, imponiendo sanciones a Rentería Santana, mismo que, acudió a las instancias federales para intentar impugnar dicha resolución, sin tener suerte.

La magistrada Gabriela del Valle Pérez, y el magistrado Jorge Sánchez, quienes emitieron su voto a favor, argumentaron que, en el municipio de Los Cabos, se creó la idea de que la candidatura, estaba reservada para un hombre en perjuicio de las mujeres.

Por lo tanto, Rentería Santana, según la confirmación que se realizó por el TEPJF Sala Regional Guadalajara, deberá: conforme con la normatividad aplicable, se considera necesario imponerse como sanción una multa por el equivalente a 90 UMAS; y como medidas de reparación y no repetición una disculpa y aclaración pública por la incertidumbre que han generado sus expresiones en los diversos medios de comunicación con relación a candidatura por el municipio de Los Cabos, Baja California Sur.

Asimismo, quedará inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionada en materia de Violencia Política en Razón de Género, por un lapso de tiempo de tres años, lo que lo imposibilita a ser candidato y ocupar un cargo interno en MORENA.

Foto: José Luis Villafuerte | El Sudcaliforniano

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“No le asiste la razón al promoverte cuando refiere que se violó el principio de presunción de inocencia Por otro lado se propone infundado que no se surta la violencia simbólica, pues como se expone en la consulta las manifestaciones vertidas en múltiples ocasiones por el sujeto responsable generaron la idea de que MORENA y PT, reservarían la candidatura a la presidencia municipal de Los Cabos, al género masculino”, advierte la sentencia del TEPJF, Sala Regional Guadalajara.

La Paz, Baja California Sur. (OEM-Informex).- La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Estatal del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por mayoría confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur, sobre la sanción en contra del presidente interior del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), en la entidad, Alberto Rentería Santana, por haber cometido actos de violencia política contra una mujer en razón de género de manera simbólica.

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Lo anterior, luego de que Armida Castro Guzmán, presentará una denuncia formal contra el líder del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Alberto Rentería Santana, con la finalidad de solicitar a la autoridad electoral que el personaje en mención, no emitiera comentarios que atacaran a su persona; debido a que, Rentería Santana mencionaba que las probabilidades de que una mujer ganará la alcaldía de Los Cabos en el 2021 era casi nulas, afectando la imagen de Armida Castro Guzmán, que ha sido víctima de Violencia Política de Género, a lo que el Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur, declaró como procedente dicha denuncia, imponiendo sanciones a Rentería Santana, mismo que, acudió a las instancias federales para intentar impugnar dicha resolución, sin tener suerte.

La magistrada Gabriela del Valle Pérez, y el magistrado Jorge Sánchez, quienes emitieron su voto a favor, argumentaron que, en el municipio de Los Cabos, se creó la idea de que la candidatura, estaba reservada para un hombre en perjuicio de las mujeres.

Por lo tanto, Rentería Santana, según la confirmación que se realizó por el TEPJF Sala Regional Guadalajara, deberá: conforme con la normatividad aplicable, se considera necesario imponerse como sanción una multa por el equivalente a 90 UMAS; y como medidas de reparación y no repetición una disculpa y aclaración pública por la incertidumbre que han generado sus expresiones en los diversos medios de comunicación con relación a candidatura por el municipio de Los Cabos, Baja California Sur.

Asimismo, quedará inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionada en materia de Violencia Política en Razón de Género, por un lapso de tiempo de tres años, lo que lo imposibilita a ser candidato y ocupar un cargo interno en MORENA.

Foto: José Luis Villafuerte | El Sudcaliforniano

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“No le asiste la razón al promoverte cuando refiere que se violó el principio de presunción de inocencia Por otro lado se propone infundado que no se surta la violencia simbólica, pues como se expone en la consulta las manifestaciones vertidas en múltiples ocasiones por el sujeto responsable generaron la idea de que MORENA y PT, reservarían la candidatura a la presidencia municipal de Los Cabos, al género masculino”, advierte la sentencia del TEPJF, Sala Regional Guadalajara.

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