/ jueves 13 de enero de 2022

Si te contagias de Covid-19 en el trabajo, el ISSSTE te dice que hacer

El Instituto da a conocer los pasos a seguir para el trámite por probable enfermedad profesional por Covid-19

La Paz, Baja California Sur, (OEM-Informex).- Cuando un trabajador(a) activo(a) que cotiza al Instituto, presenta sintomatología relacionada a la exposición del virus SARS-Cov-2 (Covid-19) estando en sus funciones laborales (en ejercicio o con motivo de trabajo), tendrá que acudir inmediatamente a su unidad médica correspondiente para valoración y diagnóstico -en La Paz, al Hospital General; foráneos, en las clínicas hospitales de San José del Cabo, Ciudad Constitución, Santa Rosalía, o unidades de medicina familiar de su adscripción-, en caso de que se confirme el diagnóstico de Covid-19, deberá dar aviso inmediato a su superior jerárquico (de conformidad con el Artículo 5 del Reglamento para la Dictaminación en Materia de Riesgos del Trabajo e Invalidez del ISSSTE); posteriormente, la dependencia deberá de avisar por escrito al Instituto dentro de los 3 días siguientes a su conocimiento, de igual forma el trabajador, representante legal o familiar, podrá dar el aviso (con base en lo estipulado en el Artículo 60 de la Ley del ISSSTE).

Al presentarse el trabajador(a) a su primera valoración médica debe de informar al médico tratante que estando en sus funciones laborales (en ejercicio o con motivo de trabajo), tuvo contacto con personas sospechosa y/o positiva a Covid-19 y describir las funciones laborales realizadas, lo anterior para que el médico le otorgue el formato RT-02 (certificado médico inicial) debidamente requisitado con la firma del médico y el sello de la unidad médica, así como copia de la nota médica y licencia médica, contando con su prueba de Covid-19, estudios de laboratorio y gabinete (radiografías o tomografía de tórax) que le hayan practicado.

El trabajador(a), representante legal o sus familiares, deberán presentarse ante el Instituto (área de Medicina de Trabajo) o solicitarlo por correo electrónico (rafaela.mascareno@issste.gob.mx), donde se podrán allegar del formato RT-03-A (requisitos para el trámite de calificación de riesgo de trabajo), lo anterior para conocer la documentación necesaria del trámite de la probable enfermedad profesional, sin que dicha integración exceda los 30 días hábiles siguientes del inicio de la sintomatología de la probable enfermedad profesional.

Una vez que se cuente con los requisitos, el trabajador deberá de requisitar el formato RT-01 (solicitud de la calificación de probable enfermedad profesional), en 3 tantos originales (solo la parte frontal), debe de contar con la firma del representante de la dependencia y el sello, así como allegarse de toda la documentación necesaria especificada en el formato arriba en mención RT-03-A (requisitos para el trámite de calificación de riesgo de trabajo), cabe hacer mención que el acta administrativa que realiza la dependencia (su centro de trabajo), se debe de describir los hechos ocurridos, esto es, que se refleje que su contagio fue adquirido con “motivo y en ejercicio de trabajo” describiendo el tipo de contacto que tuvo el trabajador(a) con personas positivo por el virus SARS-Cov-2 (Covid-19), el acta administrativa debe de contar con las firmas de los que intervinieron en la misma (anexando copia de la identificación oficial), así como sello de la dependencia.

Ya integrados los documentales arriba detallados, podrá agendar cita al correo (rafaela.mascareno@issste.gob.mx), para la recepción y revisión de los mismos, lo anterior para la calificación de probable enfermedad profesional por Covid-19 (si de trabajo o no de trabajo), una vez calificado, será notificado a la brevedad.

Los trámites que sean calificados como sí de trabajo (enfermedades profesionales de Covid-19 procedentes), se remiten a la unidad médica de adscripción, para que sean valorados por el área médica, donde se le realicen los estudios de gabinete necesarios, lo anterior para que el médico tratante pueda realizar el certificado médico RT-09, mismo que será sometido al pleno del subcomité de medicina del trabajo para su avala y dictamen ante las probables secuelas de la enfermedad profesional calificada.

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Si el trabajador fallece a causa del Covid-19, el expediente clínico-administrativo se integra de la misma manera, anexando copia certificada del acta de defunción, igualmente se sesiona ante el pleno del Subcomité de Medicina del Trabajo para su votación y aval de los integrantes del mismo para la aprobación o negativa del dictamen de muerte de trabajador(a), una vez calificado, será notificado a la brevedad posible al solicitante.

Para cualquier duda o aclaración podrán a acudir con previa cita por correo electrónico (rafaela.mascareno@issste.gob.mx), al área de Medicina del Trabajo del Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene, perteneciente a esta Subdelegación de Prestaciones de la Representación del ISSSTE en Baja California Sur.

La Paz, Baja California Sur, (OEM-Informex).- Cuando un trabajador(a) activo(a) que cotiza al Instituto, presenta sintomatología relacionada a la exposición del virus SARS-Cov-2 (Covid-19) estando en sus funciones laborales (en ejercicio o con motivo de trabajo), tendrá que acudir inmediatamente a su unidad médica correspondiente para valoración y diagnóstico -en La Paz, al Hospital General; foráneos, en las clínicas hospitales de San José del Cabo, Ciudad Constitución, Santa Rosalía, o unidades de medicina familiar de su adscripción-, en caso de que se confirme el diagnóstico de Covid-19, deberá dar aviso inmediato a su superior jerárquico (de conformidad con el Artículo 5 del Reglamento para la Dictaminación en Materia de Riesgos del Trabajo e Invalidez del ISSSTE); posteriormente, la dependencia deberá de avisar por escrito al Instituto dentro de los 3 días siguientes a su conocimiento, de igual forma el trabajador, representante legal o familiar, podrá dar el aviso (con base en lo estipulado en el Artículo 60 de la Ley del ISSSTE).

Al presentarse el trabajador(a) a su primera valoración médica debe de informar al médico tratante que estando en sus funciones laborales (en ejercicio o con motivo de trabajo), tuvo contacto con personas sospechosa y/o positiva a Covid-19 y describir las funciones laborales realizadas, lo anterior para que el médico le otorgue el formato RT-02 (certificado médico inicial) debidamente requisitado con la firma del médico y el sello de la unidad médica, así como copia de la nota médica y licencia médica, contando con su prueba de Covid-19, estudios de laboratorio y gabinete (radiografías o tomografía de tórax) que le hayan practicado.

El trabajador(a), representante legal o sus familiares, deberán presentarse ante el Instituto (área de Medicina de Trabajo) o solicitarlo por correo electrónico (rafaela.mascareno@issste.gob.mx), donde se podrán allegar del formato RT-03-A (requisitos para el trámite de calificación de riesgo de trabajo), lo anterior para conocer la documentación necesaria del trámite de la probable enfermedad profesional, sin que dicha integración exceda los 30 días hábiles siguientes del inicio de la sintomatología de la probable enfermedad profesional.

Una vez que se cuente con los requisitos, el trabajador deberá de requisitar el formato RT-01 (solicitud de la calificación de probable enfermedad profesional), en 3 tantos originales (solo la parte frontal), debe de contar con la firma del representante de la dependencia y el sello, así como allegarse de toda la documentación necesaria especificada en el formato arriba en mención RT-03-A (requisitos para el trámite de calificación de riesgo de trabajo), cabe hacer mención que el acta administrativa que realiza la dependencia (su centro de trabajo), se debe de describir los hechos ocurridos, esto es, que se refleje que su contagio fue adquirido con “motivo y en ejercicio de trabajo” describiendo el tipo de contacto que tuvo el trabajador(a) con personas positivo por el virus SARS-Cov-2 (Covid-19), el acta administrativa debe de contar con las firmas de los que intervinieron en la misma (anexando copia de la identificación oficial), así como sello de la dependencia.

Ya integrados los documentales arriba detallados, podrá agendar cita al correo (rafaela.mascareno@issste.gob.mx), para la recepción y revisión de los mismos, lo anterior para la calificación de probable enfermedad profesional por Covid-19 (si de trabajo o no de trabajo), una vez calificado, será notificado a la brevedad.

Los trámites que sean calificados como sí de trabajo (enfermedades profesionales de Covid-19 procedentes), se remiten a la unidad médica de adscripción, para que sean valorados por el área médica, donde se le realicen los estudios de gabinete necesarios, lo anterior para que el médico tratante pueda realizar el certificado médico RT-09, mismo que será sometido al pleno del subcomité de medicina del trabajo para su avala y dictamen ante las probables secuelas de la enfermedad profesional calificada.

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Si el trabajador fallece a causa del Covid-19, el expediente clínico-administrativo se integra de la misma manera, anexando copia certificada del acta de defunción, igualmente se sesiona ante el pleno del Subcomité de Medicina del Trabajo para su votación y aval de los integrantes del mismo para la aprobación o negativa del dictamen de muerte de trabajador(a), una vez calificado, será notificado a la brevedad posible al solicitante.

Para cualquier duda o aclaración podrán a acudir con previa cita por correo electrónico (rafaela.mascareno@issste.gob.mx), al área de Medicina del Trabajo del Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene, perteneciente a esta Subdelegación de Prestaciones de la Representación del ISSSTE en Baja California Sur.

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