/ martes 9 de febrero de 2021

Periodo de intercampañas concluye el 3 de abril

Los partidos políticos trabajan en la definición de las y los candidatos para próximas elecciones

LaPaz, Baja California Sur (OEM-Informex).- La Vocal Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE), en Baja California Sur (BCS), Marina Garmendia Gómez, anunció que, el periodo de intercampañas, no son tiempos de competencia electoral, sino que abre la puerta para que los partidos políticos definan a sus perfiles que van a representarlos como candidatas o candidatos, y no pueden hacer propaganda a favor de alguna persona que será postulada; mismo que, dio inicio el 1 de febrero y concluye el próximo 3 de abril del año en curso.

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“No es un periodo de competencia electoral, sino que se abre una etapa para que los partidos políticos, definan a las personas que van a ser registradas como candidatos y candidatas a los puestos de elección popular. En esta etapa, los partidos pueden desarrollar sus actividades políticas, pero tienen ciertas limitantes, la más importante, es que no pueden hacer propaganda a favor de alguna persona que piensen postular más adelante para una candidatura”.

A su vez, la titular de INE en el estado, manifestó que, la propaganda mediática en radio y televisión, durante el periodo referido, no debe de contener material que llame al voto por algún candidato, pero sí puede contener información de interés general y de carácter informativo, ya que el Instituto a su cargo es el encargado de monitorear de manera permanente dichos promocionales y se encarga de atender quejas que puedan presentarse de algún instituto político, principalmente relacionadas con la difusión en medios de comunicación, ya sea radio, televisión, medios electrónicos, digitales o impresos.

“Durante este periodo el INE, monitorea de manera permanente estos promocionales y también atiende las quejas que pueda presentar algún partido político, sobre la difusión que se esté haciendo en los medios electrónicos de comunicación, de tal forma que el INE, puede emitir medidas cautelares para detener temporalmente la transmisión de estos mensajes, mientras se lleva a cabo un Procedimiento Especial Sancionador”, apuntó.

Durante el periodo de intercampañas, no debe de reproducirse material que llame al voto por algún candidato, pero sí puede contener información de interés general y de carácter informativo.

Garmendia Gómez, refirió que, el tiempo de intercampañas no quiere decir que, las personas que aspiran a un cargo de elección popular o los medios de comunicación, no tengan derecho a la libertad de expresión, ya que siempre se les garantiza ese derecho, sin embargo, todo debe ser dentro del marco normativo y de equidad.

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“A las disposiciones que existen sobre la compra o adquisición de tiempo aire en radio y televisión. De igual manera, las precandidatas o predandidatos, que aspiran a una candidatura pueden asistir a eventos privados y a reuniones, donde se expongan temas generales y de interés público, siempre y cuando no llamen al voto, ni se incurra en actos anticipados de campaña”, finalizó la Vocal Ejecutiva del INE en la entidad.

LaPaz, Baja California Sur (OEM-Informex).- La Vocal Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE), en Baja California Sur (BCS), Marina Garmendia Gómez, anunció que, el periodo de intercampañas, no son tiempos de competencia electoral, sino que abre la puerta para que los partidos políticos definan a sus perfiles que van a representarlos como candidatas o candidatos, y no pueden hacer propaganda a favor de alguna persona que será postulada; mismo que, dio inicio el 1 de febrero y concluye el próximo 3 de abril del año en curso.

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“No es un periodo de competencia electoral, sino que se abre una etapa para que los partidos políticos, definan a las personas que van a ser registradas como candidatos y candidatas a los puestos de elección popular. En esta etapa, los partidos pueden desarrollar sus actividades políticas, pero tienen ciertas limitantes, la más importante, es que no pueden hacer propaganda a favor de alguna persona que piensen postular más adelante para una candidatura”.

A su vez, la titular de INE en el estado, manifestó que, la propaganda mediática en radio y televisión, durante el periodo referido, no debe de contener material que llame al voto por algún candidato, pero sí puede contener información de interés general y de carácter informativo, ya que el Instituto a su cargo es el encargado de monitorear de manera permanente dichos promocionales y se encarga de atender quejas que puedan presentarse de algún instituto político, principalmente relacionadas con la difusión en medios de comunicación, ya sea radio, televisión, medios electrónicos, digitales o impresos.

“Durante este periodo el INE, monitorea de manera permanente estos promocionales y también atiende las quejas que pueda presentar algún partido político, sobre la difusión que se esté haciendo en los medios electrónicos de comunicación, de tal forma que el INE, puede emitir medidas cautelares para detener temporalmente la transmisión de estos mensajes, mientras se lleva a cabo un Procedimiento Especial Sancionador”, apuntó.

Durante el periodo de intercampañas, no debe de reproducirse material que llame al voto por algún candidato, pero sí puede contener información de interés general y de carácter informativo.

Garmendia Gómez, refirió que, el tiempo de intercampañas no quiere decir que, las personas que aspiran a un cargo de elección popular o los medios de comunicación, no tengan derecho a la libertad de expresión, ya que siempre se les garantiza ese derecho, sin embargo, todo debe ser dentro del marco normativo y de equidad.

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“A las disposiciones que existen sobre la compra o adquisición de tiempo aire en radio y televisión. De igual manera, las precandidatas o predandidatos, que aspiran a una candidatura pueden asistir a eventos privados y a reuniones, donde se expongan temas generales y de interés público, siempre y cuando no llamen al voto, ni se incurra en actos anticipados de campaña”, finalizó la Vocal Ejecutiva del INE en la entidad.

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