/ lunes 28 de diciembre de 2020

Organismos públicos defensores de derechos humanos tendrán autonomía financiera

La Comisión Estatal se suma a la congratulación que la Federación Mexicana emitió por la determinación que tomó la SCJN

La Paz, Baja California Sur, (OEM-Informex).- La Comisión Estatal de los Derechos Humanos se suma al pronunciamiento de la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos (FMOPDH) donde se congratula por el reconocimiento que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) realiza respecto de la legitimación de los Organismos Públicos de Derechos Humanos Locales para impugnar mediante una acción de inconstitucionalidad, normas generales que afecten su autonomía financiera.

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La autonomía y suficiencia presupuestaria de los organismos autónomos de derechos humanos fortalece su independencia y garantiza el seguimiento de su planeación estrategia a fin de alcanzar las funciones, objetivos y metas que tienen encomendados, explico Camargo Cárdenas.

La autonomía institucional dijo, es compatible con los criterios de eficiencia, eficacia, economía, austeridad, transparencia y rendición de cuentas, privilegiándose siempre la calidad de los servicios que brindan a la sociedad y el cumplimiento a cabalidad del marco jurídico que los regula.

La autonomía y suficiencia presupuestaria de los organismos autónomos de derechos humanos señalo, fortalece su independencia y garantiza el seguimiento de su planeación estratégica a fin de alcanzar las funciones, objetivos y metas que tienen encomendados.

Reconoció que aun cuando los organismos públicos de derechos humanos no cuenten con los recursos suficientes para su funcionamiento, como es el caso de Baja California Sur, no sólo pone en riesgo el cumplimiento de su mandato constitucional de protección de los derechos humanos, sino también, pone en riesgo el cumplimiento de las obligaciones del Estado mexicano en el marco de los tratados internacionales de derechos humanos, de promoverlos, respetarlos, protegerlos y garantizarlos adoptando las medidas apropiadas para lograr su plena efectividad y hacer uso del máximo de los recursos disponibles.

Con la decisión anterior dijo, el máximo tribunal de nuestro país interpreta y reconoce que las afectaciones a la autonomía financiera de los organismos públicos de derechos humanos son una vulneración indirecta a los derechos humanos, en tanto se convierte en un obstáculo para la defensa y garantía de éstos.

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Por lo anterior expresó, los 33 organismos que conforman la FMOPDH celebramos la decisión de la SCJN, al ser un importante precedente en el reconocimiento de la labor del sistema no jurisdiccional de protección de derechos humanos, e hizo un llamado al Congreso del Estado para garantizar dicha autonomía y suficiencia presupuestaria para la impartición de justicia, garantía y acceso a los derechos humanos para todas y todos.

La Paz, Baja California Sur, (OEM-Informex).- La Comisión Estatal de los Derechos Humanos se suma al pronunciamiento de la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos (FMOPDH) donde se congratula por el reconocimiento que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) realiza respecto de la legitimación de los Organismos Públicos de Derechos Humanos Locales para impugnar mediante una acción de inconstitucionalidad, normas generales que afecten su autonomía financiera.

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La autonomía y suficiencia presupuestaria de los organismos autónomos de derechos humanos fortalece su independencia y garantiza el seguimiento de su planeación estrategia a fin de alcanzar las funciones, objetivos y metas que tienen encomendados, explico Camargo Cárdenas.

La autonomía institucional dijo, es compatible con los criterios de eficiencia, eficacia, economía, austeridad, transparencia y rendición de cuentas, privilegiándose siempre la calidad de los servicios que brindan a la sociedad y el cumplimiento a cabalidad del marco jurídico que los regula.

La autonomía y suficiencia presupuestaria de los organismos autónomos de derechos humanos señalo, fortalece su independencia y garantiza el seguimiento de su planeación estratégica a fin de alcanzar las funciones, objetivos y metas que tienen encomendados.

Reconoció que aun cuando los organismos públicos de derechos humanos no cuenten con los recursos suficientes para su funcionamiento, como es el caso de Baja California Sur, no sólo pone en riesgo el cumplimiento de su mandato constitucional de protección de los derechos humanos, sino también, pone en riesgo el cumplimiento de las obligaciones del Estado mexicano en el marco de los tratados internacionales de derechos humanos, de promoverlos, respetarlos, protegerlos y garantizarlos adoptando las medidas apropiadas para lograr su plena efectividad y hacer uso del máximo de los recursos disponibles.

Con la decisión anterior dijo, el máximo tribunal de nuestro país interpreta y reconoce que las afectaciones a la autonomía financiera de los organismos públicos de derechos humanos son una vulneración indirecta a los derechos humanos, en tanto se convierte en un obstáculo para la defensa y garantía de éstos.

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Por lo anterior expresó, los 33 organismos que conforman la FMOPDH celebramos la decisión de la SCJN, al ser un importante precedente en el reconocimiento de la labor del sistema no jurisdiccional de protección de derechos humanos, e hizo un llamado al Congreso del Estado para garantizar dicha autonomía y suficiencia presupuestaria para la impartición de justicia, garantía y acceso a los derechos humanos para todas y todos.

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