/ domingo 24 de noviembre de 2019

En Comondú reinstalarán el Consejo de desarrollo rural sustentable

Mismo que tendrá verificativo el día lunes 25 de noviembre del presente año

Comondú, B.C.S. (OEM-Informex).- Siguiendo las políticas públicas establecidas por el Presidente Municipal del H. XVI Ayuntamiento de Comondú, Dr. José Walter Valenzuela Acosta, es que el Lic. Alberto Andrés Domínguez Hernández viene organizando la logística para el evento de reinstalación del Consejo de Desarrollo Rural Sustentable del Municipio de Comondú mismo que tendrá verificativo el día lunes 25 de noviembre del presente año, en punto de las 16:00 horas, en las instalaciones del SUTERM, sito en las calles Antonio Álvarez Rico (REFORMA) y bulevar Hugo Cervantes del Río, en ciudad Constitución.

Con fundamento en los artículos 24, 25 y 26 de la Ley de Desarrollo Rural sustentable, que se refiere a la integración y operación de los Consejos Estatales, Distritales y Municipales de Desarrollo Rural sustentable. Dado que el Consejo Municipal para el Desarrollo Rural Sustentable es un órgano colegiado de carácter incluyente, plural y democrático, cuyo objetivo es fungir como instancia para la participación de los productores y demás agentes de la sociedad Rural en la definición de prioridades, planeación y coordinación de los recursos que los tres niveles de gobierno destinen para apoyo de las inversiones productivas y de desarrollo rural integral. Bajo esta premisa al Consejo le corresponde:

I. Mantener actualizado el Diagnóstico Municipal y el Plan de Desarrollo Rural Sustentable.

II. Encauzar las acciones, programadas y recursos que destinan los tres niveles de Gobierno, así como las Gestiones Concurrentes para el cumplimiento de los planteamientos formulados en el Plan Municipal de Desarrollo Rural Sustentable, proponiendo mezclas de recursos para que integren la producción primaria a procesos de generación y apropiación de valor agregado y diversifiquen la actividad productiva, evitando duplicidad en la asignación de recursos o en la dispersión de los mismos. Proponer a las autoridades Municipales, políticas de desarrollo rural efectivas mediante el análisis y definición de acciones para: Planeación, Programación y Seguimiento. Así como la Formulación de proyectos.

III. Participar en la difusión de la normatividad y apoyos que ofrecen los programas de atención al sector rural, Así como promover e impulsar, en coordinación con las autoridades e instancias competentes los programas de educación y capacitación para el desarrollo rural.

IV. Analizar, avalar y priorizar los proyectos que sean sometidos en su consideración para recibir apoyo de los Programas Públicos que operan en el Municipio, aplicando criterios de equidad social, de género y de pluralidad, a fin de corregir disparidades de Desarrollo Regional a través de la atención diferenciada a las regiones y grupos de mayor rezago, sin distinción política o religiosa.

V. Participar en todas aquellas acciones relacionadas con la conservación y la salvaguarda del medio ambiente y los recursos naturales, para garantizar la integridad del patrimonio, la biodiversidad y su aprovechamiento sustentable, así como en la defensa de los derechos de propiedad intelectual de las comunidades indígenas y campesinas. VI. Colaborar en el seguimiento y evaluación de los proyectos que se efectúen en el municipio.

VII. Las demás que por acuerdo del mismo Consejo se establezca.

Comondú, B.C.S. (OEM-Informex).- Siguiendo las políticas públicas establecidas por el Presidente Municipal del H. XVI Ayuntamiento de Comondú, Dr. José Walter Valenzuela Acosta, es que el Lic. Alberto Andrés Domínguez Hernández viene organizando la logística para el evento de reinstalación del Consejo de Desarrollo Rural Sustentable del Municipio de Comondú mismo que tendrá verificativo el día lunes 25 de noviembre del presente año, en punto de las 16:00 horas, en las instalaciones del SUTERM, sito en las calles Antonio Álvarez Rico (REFORMA) y bulevar Hugo Cervantes del Río, en ciudad Constitución.

Con fundamento en los artículos 24, 25 y 26 de la Ley de Desarrollo Rural sustentable, que se refiere a la integración y operación de los Consejos Estatales, Distritales y Municipales de Desarrollo Rural sustentable. Dado que el Consejo Municipal para el Desarrollo Rural Sustentable es un órgano colegiado de carácter incluyente, plural y democrático, cuyo objetivo es fungir como instancia para la participación de los productores y demás agentes de la sociedad Rural en la definición de prioridades, planeación y coordinación de los recursos que los tres niveles de gobierno destinen para apoyo de las inversiones productivas y de desarrollo rural integral. Bajo esta premisa al Consejo le corresponde:

I. Mantener actualizado el Diagnóstico Municipal y el Plan de Desarrollo Rural Sustentable.

II. Encauzar las acciones, programadas y recursos que destinan los tres niveles de Gobierno, así como las Gestiones Concurrentes para el cumplimiento de los planteamientos formulados en el Plan Municipal de Desarrollo Rural Sustentable, proponiendo mezclas de recursos para que integren la producción primaria a procesos de generación y apropiación de valor agregado y diversifiquen la actividad productiva, evitando duplicidad en la asignación de recursos o en la dispersión de los mismos. Proponer a las autoridades Municipales, políticas de desarrollo rural efectivas mediante el análisis y definición de acciones para: Planeación, Programación y Seguimiento. Así como la Formulación de proyectos.

III. Participar en la difusión de la normatividad y apoyos que ofrecen los programas de atención al sector rural, Así como promover e impulsar, en coordinación con las autoridades e instancias competentes los programas de educación y capacitación para el desarrollo rural.

IV. Analizar, avalar y priorizar los proyectos que sean sometidos en su consideración para recibir apoyo de los Programas Públicos que operan en el Municipio, aplicando criterios de equidad social, de género y de pluralidad, a fin de corregir disparidades de Desarrollo Regional a través de la atención diferenciada a las regiones y grupos de mayor rezago, sin distinción política o religiosa.

V. Participar en todas aquellas acciones relacionadas con la conservación y la salvaguarda del medio ambiente y los recursos naturales, para garantizar la integridad del patrimonio, la biodiversidad y su aprovechamiento sustentable, así como en la defensa de los derechos de propiedad intelectual de las comunidades indígenas y campesinas. VI. Colaborar en el seguimiento y evaluación de los proyectos que se efectúen en el municipio.

VII. Las demás que por acuerdo del mismo Consejo se establezca.

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