/ jueves 17 de septiembre de 2020

Buscan reformar Ley Orgánica Municipal sesionando fuera de la legalidad

La Ley contempla evitar omisiones en defensa de asuntos legales de ayuntamientos

La Paz, Baja California Sur. (OEM-Informex).- El diputado Héctor Manuel Ortega Pillado propuso reformar la Ley Orgánica del Gobierno Municipal del Estado de Baja California Sur y adicionar un artículo Bis para especificar las funciones de los servidores públicos que atienden esos asuntos.

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A fin de reducir omisiones o actos intencionales en la defensa de los asuntos jurídicos, específicamente demandas laborales que puedan generar como consecuencia el pago de grandes sumas de indemnizaciones laborales o de otro tipo que lesionan el erario público municipal; el diputado sin partido Ramiro Ruíz Flores rindió su segundo informe, a pesar de estar sesionando ilegalmente.

Por su parte Ortega Pillado explicó que la iniciativa tiene como objeto primordial armonizar la “Ley Orgánica del Gobierno Municipal con la nueva “Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Baja California Sur” y a su vez prevenir prácticas desleales en la defensa de los asuntos de los Ayuntamientos que redundan en perjuicio de las finanzas públicas municipales.

La iniciativa propone añadir al artículo 217, los conceptos de “actos u omisiones” a las causales de responsabilidades de orden administrativo y añade que “los Servidores Públicos observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público de conformidad con lo establecido en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Baja California Sur”.

El también presidente de la comisión de asuntos laborales propuso agregar un artículo 218 Bis que especifica que “los Servidores Públicos Municipales que representen legalmente a los Municipios en todos los juicios o controversias de carácter administrativo, civil, electoral, laboral, penal y en todos aquellos en los que el Municipio intervenga, sea parte, tenga interés jurídico o se afecte su patrimonio, responderán en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Baja California Sur y de manera solidaria en caso de que por su negligencia o descuido en la atención de los asuntos que se les encomienden le resulte al Municipio, tener que cumplir con resoluciones de autoridades competentes que establezcan condenas en cantidades determinadas y liquidas”.

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INFORME RAMIRO RUIZ

Al rendir informe correspondiente al segundo año de trabajo el diputado Ramiro Ruiz Flores afirmó que ha trabajado con un gran compromiso a fin de que los presupuestos públicos estatales y municipales tengan mayor contenido social, y que los recursos públicos se administren por los gobiernos del Estado y municipios de la mejor manera en beneficio de la gente.

La Paz, Baja California Sur. (OEM-Informex).- El diputado Héctor Manuel Ortega Pillado propuso reformar la Ley Orgánica del Gobierno Municipal del Estado de Baja California Sur y adicionar un artículo Bis para especificar las funciones de los servidores públicos que atienden esos asuntos.

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A fin de reducir omisiones o actos intencionales en la defensa de los asuntos jurídicos, específicamente demandas laborales que puedan generar como consecuencia el pago de grandes sumas de indemnizaciones laborales o de otro tipo que lesionan el erario público municipal; el diputado sin partido Ramiro Ruíz Flores rindió su segundo informe, a pesar de estar sesionando ilegalmente.

Por su parte Ortega Pillado explicó que la iniciativa tiene como objeto primordial armonizar la “Ley Orgánica del Gobierno Municipal con la nueva “Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Baja California Sur” y a su vez prevenir prácticas desleales en la defensa de los asuntos de los Ayuntamientos que redundan en perjuicio de las finanzas públicas municipales.

La iniciativa propone añadir al artículo 217, los conceptos de “actos u omisiones” a las causales de responsabilidades de orden administrativo y añade que “los Servidores Públicos observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público de conformidad con lo establecido en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Baja California Sur”.

El también presidente de la comisión de asuntos laborales propuso agregar un artículo 218 Bis que especifica que “los Servidores Públicos Municipales que representen legalmente a los Municipios en todos los juicios o controversias de carácter administrativo, civil, electoral, laboral, penal y en todos aquellos en los que el Municipio intervenga, sea parte, tenga interés jurídico o se afecte su patrimonio, responderán en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Baja California Sur y de manera solidaria en caso de que por su negligencia o descuido en la atención de los asuntos que se les encomienden le resulte al Municipio, tener que cumplir con resoluciones de autoridades competentes que establezcan condenas en cantidades determinadas y liquidas”.

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