/ lunes 19 de agosto de 2024

Aprueban producción y comercialización de cerveza artesanal en BCS

Nuevas disposiciones buscan fortalecer la producción local mediante regulaciones específicas

La Paz, Baja California Sur - El Congreso del Estado de Baja California Sur aprobó una reforma a la Ley que regula el almacenaje, distribución, venta y consumo de bebidas alcohólicas, con el objetivo de promover la cerveza artesanal y el vino regional producidos en la entidad. La modificación fue avalada por el pleno de la XVI Legislatura y establece nuevas regulaciones para licencias y permisos en la modalidad de Sala de Degustación y/o Micro Cervecería.

Lee: Cerveza artesanal, un gusto que va en aumento en Baja California Sur

La reforma incluye la adición de la fracción VII al artículo 26 de la Ley, especificando que la venta, consumo, almacenaje y distribución de bebidas como la cerveza artesanal, vinos misionales, licores regionales y artesanales de mesa, bajo los conceptos de "Sala de degustación" y "Micro Cervecería", deberán contar con la denominación "Hecho en BCS" y tener el domicilio fiscal en el estado de Baja California Sur para poder ser comercializados.

Las Comisiones de Asuntos Fiscales y Administrativos, y de Asuntos Comerciales y Turísticos, dictaminaron positivamente la iniciativa presentada por Abimael Ibarra Abúndez en conjunto con el Club de Cerveceros. Los legisladores consideraron necesario complementar la propuesta inicial para ofrecer mayor seguridad jurídica a los involucrados, incorporando definiciones y regulaciones específicas.

Entre las definiciones incluidas en la reforma destacan:

  • Cerveza Artesanal: Bebida fermentada, elaborada de manera manual, semi-automática o automática, en pequeñas escalas no superiores a 3,000 litros de producción mensual, con ingredientes naturales como agua, lúpulo, maltas de cebada y levadura.
  • Micro-Cervecería: Establecimiento con domicilio fiscal en Baja California Sur dedicado a la producción, envasado, degustación, venta y distribución de cerveza artesanal, operando en una escala pequeña, independiente y con métodos tradicionales.
  • Pub de Cerveza Artesanal: Centro de degustación que ofrece cerveza artesanal acompañada de servicio de alimentos.
  • Sala de Degustación: Área delimitada dentro de la micro-cervecería para la recepción de visitantes y el consumo de cerveza artesanal, con o sin servicio de alimentos.
  • Vino Regional: Bebidas alcohólicas elaboradas con productos derivados de la uva dentro de Baja California Sur, incluyendo vinos misionales, vinos de mesa y licores regionales o artesanales.

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La reforma también establece que estos establecimientos deberán cumplir con la condición de tener su domicilio fiscal en Baja California Sur y portar la denominación "Hecho en BCS" para comercializar sus productos.

Esta modificación legal busca no solo regular la industria de bebidas alcohólicas en la región, sino también fomentar el desarrollo y la competitividad de los productores locales, garantizando que los consumidores puedan disfrutar de productos auténticamente sudcalifornianos.

La Paz, Baja California Sur - El Congreso del Estado de Baja California Sur aprobó una reforma a la Ley que regula el almacenaje, distribución, venta y consumo de bebidas alcohólicas, con el objetivo de promover la cerveza artesanal y el vino regional producidos en la entidad. La modificación fue avalada por el pleno de la XVI Legislatura y establece nuevas regulaciones para licencias y permisos en la modalidad de Sala de Degustación y/o Micro Cervecería.

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La reforma incluye la adición de la fracción VII al artículo 26 de la Ley, especificando que la venta, consumo, almacenaje y distribución de bebidas como la cerveza artesanal, vinos misionales, licores regionales y artesanales de mesa, bajo los conceptos de "Sala de degustación" y "Micro Cervecería", deberán contar con la denominación "Hecho en BCS" y tener el domicilio fiscal en el estado de Baja California Sur para poder ser comercializados.

Las Comisiones de Asuntos Fiscales y Administrativos, y de Asuntos Comerciales y Turísticos, dictaminaron positivamente la iniciativa presentada por Abimael Ibarra Abúndez en conjunto con el Club de Cerveceros. Los legisladores consideraron necesario complementar la propuesta inicial para ofrecer mayor seguridad jurídica a los involucrados, incorporando definiciones y regulaciones específicas.

Entre las definiciones incluidas en la reforma destacan:

  • Cerveza Artesanal: Bebida fermentada, elaborada de manera manual, semi-automática o automática, en pequeñas escalas no superiores a 3,000 litros de producción mensual, con ingredientes naturales como agua, lúpulo, maltas de cebada y levadura.
  • Micro-Cervecería: Establecimiento con domicilio fiscal en Baja California Sur dedicado a la producción, envasado, degustación, venta y distribución de cerveza artesanal, operando en una escala pequeña, independiente y con métodos tradicionales.
  • Pub de Cerveza Artesanal: Centro de degustación que ofrece cerveza artesanal acompañada de servicio de alimentos.
  • Sala de Degustación: Área delimitada dentro de la micro-cervecería para la recepción de visitantes y el consumo de cerveza artesanal, con o sin servicio de alimentos.
  • Vino Regional: Bebidas alcohólicas elaboradas con productos derivados de la uva dentro de Baja California Sur, incluyendo vinos misionales, vinos de mesa y licores regionales o artesanales.

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La reforma también establece que estos establecimientos deberán cumplir con la condición de tener su domicilio fiscal en Baja California Sur y portar la denominación "Hecho en BCS" para comercializar sus productos.

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