/ miércoles 15 de abril de 2020

Aplica IMSS facilidades en el pago de cuotas

Para acceder a esto es indispensable establecer un convenio de pago donde se indiquen las parcialidades requeridas

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a través de su Consejo Técnico, aprobó una serie de instrumentos legales y administrativos, con los que se busca facilitar el pago de las cuotas obrero-patronales, para lo cual, se debe establecer un convenio de pago en parcialidades, el cual es un concepto previsto en los artículos 40-C y 40-D de la Ley del Seguro Social.

Aunado a esto se han dispuesto mecanismos de orientación para facilitar la suscripción de dichos convenios, en el entendido de que el importe inicial a cubrir, será del 20% de la cuota patronal y del 100% de la obrera, además de que el resto podrá diferirse en un plazo máximo de 48 meses.

El beneficio de suscribir este convenio es que la tasa de interés por plazo mensual, oscila entre 1.26% y 1.82%, en función del plazo elegido, el cual podrá ser de 12, 24 y más de 24 meses, partiendo del momento de su formalización.

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Para obtener el convenio no se requerirá ningún tipo de garantías y al cubrir oportunamente los compromisos convenidos, las multas pueden ser disminuidas de acuerdo a lo previsto en el Acuerdo 187/2003, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio del 2003.

En concordancia con la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor decretada por la autoridad sanitaria, se definieron como días inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos, el periodo comprendido entre el 31 de marzo del 2020 y la fecha en que el Consejo Técnico determine que han cesado las causas que le dieron origen.

Cabe mencionar por otro lado que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS),también aprobó un bono extraordinario de hasta un 20% de salario al personal cuyas categorías y funciones, estén relacionadas con la atención de los pacientes de Covid-19, el cual tendrá como vigencia del 16 de marzo a la fecha en la que concluya la emergencia sanitaria.

El Bono Covid-19 se entregará a personal que labora en alguna de las 184 unidades médicas y de servicios complementarios que el Seguro Social ha designado para otorgar atención médica a los pacientes con el virus SARS-Cov-2, el cual será hasta por un 20 por ciento de su sueldo.

El IMSS también aprobó un bono extraordinario de hasta un 20% de salario, a quienes estén relacionados con la atención de los pacientes de Covid-19. Foto: Verónica González | El Sudcaliforniano

En esta infraestructura se consideran 29 unidades médicas Covid-19, tres unidades nuevas para la atención de personas con la enfermedad, algunas temporales que instalarán en las principales metrópolis y 155 unidades médicas híbridas (atención a pacientes con el virus y a derechohabiencia con otros padecimientos).

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También se considera a las y los trabajadores que colaboran en los módulos de atención respiratoria instalados para la emergencia sanitaria, Triage respiratorio de las unidades en el primer nivel de atención, así como responsables de la administración del material, Equipo de Protección Personal (EPP) y quienes laboran en las plantas de lavado.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a través de su Consejo Técnico, aprobó una serie de instrumentos legales y administrativos, con los que se busca facilitar el pago de las cuotas obrero-patronales, para lo cual, se debe establecer un convenio de pago en parcialidades, el cual es un concepto previsto en los artículos 40-C y 40-D de la Ley del Seguro Social.

Aunado a esto se han dispuesto mecanismos de orientación para facilitar la suscripción de dichos convenios, en el entendido de que el importe inicial a cubrir, será del 20% de la cuota patronal y del 100% de la obrera, además de que el resto podrá diferirse en un plazo máximo de 48 meses.

El beneficio de suscribir este convenio es que la tasa de interés por plazo mensual, oscila entre 1.26% y 1.82%, en función del plazo elegido, el cual podrá ser de 12, 24 y más de 24 meses, partiendo del momento de su formalización.

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Para obtener el convenio no se requerirá ningún tipo de garantías y al cubrir oportunamente los compromisos convenidos, las multas pueden ser disminuidas de acuerdo a lo previsto en el Acuerdo 187/2003, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio del 2003.

En concordancia con la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor decretada por la autoridad sanitaria, se definieron como días inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos, el periodo comprendido entre el 31 de marzo del 2020 y la fecha en que el Consejo Técnico determine que han cesado las causas que le dieron origen.

Cabe mencionar por otro lado que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS),también aprobó un bono extraordinario de hasta un 20% de salario al personal cuyas categorías y funciones, estén relacionadas con la atención de los pacientes de Covid-19, el cual tendrá como vigencia del 16 de marzo a la fecha en la que concluya la emergencia sanitaria.

El Bono Covid-19 se entregará a personal que labora en alguna de las 184 unidades médicas y de servicios complementarios que el Seguro Social ha designado para otorgar atención médica a los pacientes con el virus SARS-Cov-2, el cual será hasta por un 20 por ciento de su sueldo.

El IMSS también aprobó un bono extraordinario de hasta un 20% de salario, a quienes estén relacionados con la atención de los pacientes de Covid-19. Foto: Verónica González | El Sudcaliforniano

En esta infraestructura se consideran 29 unidades médicas Covid-19, tres unidades nuevas para la atención de personas con la enfermedad, algunas temporales que instalarán en las principales metrópolis y 155 unidades médicas híbridas (atención a pacientes con el virus y a derechohabiencia con otros padecimientos).

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